Semana clave: Conoce qué medidas regirán a partir del viernes 26 de abril con la Ley de 40 horas

Apartir de este viernes, y como máximo, la jornada laboral semanal en Chile deberá durar 44 horas. Eso sí, las empresas que quieran adoptar menos horas (mínimo 40) ya pueden hacerlo. La normativa, además, contempla más detalles en esta primera etapa.
lunes 22 de abril de 2024

El viernes de esta semana -26 de abril de 2024- entrará en vigencia la Ley 21.561, conocida como Ley de 40 horas, que reduce gradualmente la jornada laboral en Chile.

Por tanto, a partir de ese día, comenzará a regir la primera etapa de la legislación, por lo que desde esa fecha la jornada laboral se reducirá de 45 a 44 horas semanales.

“Este 26 de abril van a empezar a regir la Ley de 40 horas en el país. Por eso, como Ministerio queremos que tanto trabajadores/as y empleadores/as tengan claridad de cómo se va a ejercer este derecho, no solo en el tema de la reducción de jornada, sino también en otros aspectos de la normativa que entra en vigencia”, dijo la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.

Desde el Ministerio del Trabajo complementaron que el cronograma contempla una disminución gradual de las horas de trabajo, por lo que en abril de 2026 se alcanzarán las 42 horas y tendrá plena vigencia cuando se implementen las 40 horas de trabajo semanales en 2028.

¿Cuáles son los otros aspectos que contempla la normativa en esta primera fase?

Las principales medidas son:

-Reducción de jornada ordinaria a 44 horas.
-Reducción de jornada a 44 horas promedio en cómputo de hasta 4 semanas.
-Horas extra compensadas con descanso.
-Registro de asistencia electrónica.
-Bandas horarias para trabajadores madres, padres y quienes tengan el cuidado personal de niños y niñas de hasta 12 años.
-Jornada parcial para aquellos que han convenido una jornada de trabajo no superior a 30 horas semanales.
-Nuevas medidas para las trabajadoras casa particular puertas adentro y afuera.
-Restricción de la excepción de jornada, dependiendo de la naturaleza de la labor ejercida, según el Artículo 22, inciso segundo de la Ley.

En torno a ese artículo de la Ley (Artículo 22), que exime a los trabajadores del derecho a la jornada laboral, la nueva normativa restringe de manera significativa las labores que quedan exceptuadas de jornada (labores de alta gerencia y quienes trabajen sin fiscalización inmediata según la naturaleza de sus funciones), otorgándole a todas las personas el derecho a tener una cantidad máxima de horas trabajadas.

Asimismo, en las empresas que opten por aplicar la jornada de 40 horas semanales se podrán acordar, entre las partes, la distribución de jornadas laborales de 4×3.

Por último, otro punto importante es que la reducción de la jornada “no implica en ninguna circunstancia una disminución de los sueldos de los trabajadores”.