apercibimiento fue pedido por abogado de funcionaria desvinculada

Municipio impugna saldo de deuda que originó orden de arresto contra alcalde Manouchehri

Tras su salida de la Corporación Municipal de Turismo, Antonieta Neira presentó una demanda por despido injustificado y por vulneración de derechos laborales, la cual, fue ganada. Pero al indemnizarla se generó un monto que a la fecha, acusa, no habría sido pagada por la administración.
sábado 04 de mayo de 2024

Fue en junio de 2022, cuando la ahora exgerente de la Corporación Municipal de Turismo  de Coquimbo, Antonieta Neira Barraza, quien en su momento acusó ser víctima de persecución política, fue desvinculada de la institución. 

Cabe recordar que Neira llegó al organismo en 2017, siendo muy cercana al entonces edil Marcelo Pereira, pero cuando asumió Ali Manouchehri la municipalidad de Coquimbo, poco a poco fue perdiendo presencia siendo, finalmente, desvinculada, bajo el argumento de un eventual incumplimiento de sus obligaciones.

Por tal motivo, la ahora exgerente de la Corporación de Turismo demandó al municipio, acción judicial que, finalmente, ganó.

En este contexto, el abogado que la representa, Rodrigo Valdivia Briceño, sostuvo que “se acreditó que doña Antonieta Neira fue víctima de acoso laboral y de un despido injustificado.

Esa sentencia fue de alrededor de 87 millones de pesos y como el municipio no cumplió con el plazo establecido por el tribunal para el pago, se generaron unos intereses y unas cotizaciones previsionales impagas”.

El abogado agrega que “si bien, el municipio consignó en el tribunal cerca de $100 millones por esos conceptos por retrasos en total, una parte de la deuda previsional que no fue cubierta, en su momento pedí la liquidación de la sentencia que arrojó un saldo a favor de Antonieta Neira por $16 millones y fracción”, agregó.

En esa línea, el abogado explicó que el municipio fue notificado de esta liquidación en su momento, y desde que pasó eso a la fecha, nunca la objetaron dentro del plazo. “Como hubo un incumplimiento o no pago de lo adeudado, pedí que se decretara una orden de arresto (contra el alcalde) porque no se había dictado el decreto alcaldicio para pagar, que es una facultad que da la normativa”, señaló.

De la orden de arresto, el jurista explicó que está solicitada y el municipio tenía un plazo de 10 días para cumplir. “Como no lo hizo, reiteré la solicitud de que se cumpliera la orden de apercibimiento, que es lo que concretamente se pide y es el tribunal quien tiene la facultad exclusiva de determinar cuántos días de arresto tiene el alcalde”, acotó.

En ese sentido, Valdivia recordó que esto “no es primera vez que pasa, ya que el alcalde de La Higuera tiene una orden de arresto por una deuda. El edil anterior de Coquimbo pasó por lo mismo o el de La Serena. Lo que pasa es que los municipios tienen que dictar un decreto alcaldicio de pago que debe pasar por el concejo y si no lo ponen en tabla, claramente nunca lo van a emitir”, remarcó. 

Al respecto, el abogado explicó que si el alcalde Manouchehri “quisiera librarse de la orden de arresto lo puede hacer de manera inmediata, pero en el tribunal no consta ni un decreto de pago ni la consignación de los dineros. Desde la notificación ha pasado más de un mes. Entonces la liquidación ya está ejecutoriada, pero la deberían haber objetado y no lo hicieron”.

Consultados al respecto, desde la Dirección Jurídica de la municipalidad de Coquimbo, afirmaron que “esta resolución de ordinaria ocurrencia, no se encuentra ejecutoriada. Está en revisión por el propio tribunal porque esta dirección jurídica (municipal) ha presentado una objeción en contra de la cifra que se pretende cobrar y que origina la solicitud de apremio”. 

“Se está impugnando la cifra porque estimamos que está completamente errada y no responde a la realidad del proceso en términos judiciales, por lo que nuestra dirección, señaló al tribunal que la cifra que se pretende cobrar se encuentra totalmente pagada, acompañando esto con la documentación que acredita tal situación”, agregan desde el municipio.

Respecto a los casos en que puede proceder la orden de arresto en contra de un alcalde, la abogada y experta en derecho administrativo, María José Lira, quien además es docente de la Universidad Central Región de Coquimbo, explicó que se debe hacer una distinción de la solicitud de orden  de arresto: si es que se trata por el no pago de una factura o si es por una deuda previsional. 

“Respecto a las deudas que se generan por no pagos de facturas por un servicio que se prestó, si se recibió la factura y no se objetó en las oportunidades legales que se establecen y no se pagaron, efectivamente se hace un procedimiento que se llama juicio ejecutivo, que es de cobro de la factura”, explicó. 

Ahora bien, en relación a por qué aún no se ha materializado la orden de arresto, aseguró que “es porque una vez que el tribunal la decreta, esa resolución es susceptible de recursos y mientras no se resuelvan, que puede ser incluso en la Suprema, no se puede ejecutar”.