Corte de Apelaciones acoge recurso de exoficial de Carabineros separado irregularmente del servicio

El tribunal determinó que la medida fue adoptada por una autoridad sin competencia legal, por lo que ordenó anular el dictamen que formalizó su expulsión y retrotraer el sumario administrativo.
miércoles 02 de julio de 2025

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por el ex Capitán de Carabineros, Ricardo Esteban Luengo Aracena, quien fue separado del servicio en 2024 tras ser vinculado a hechos ocurridos durante el estallido social de octubre de 2019. El fallo determinó que la decisión de expulsarlo fue adoptada por una autoridad sin atribuciones legales para ello, lo que constituye una vulneración al principio de legalidad y al derecho a la igualdad ante la ley.

Según los antecedentes presentados, el exoficial fue formalizado por el Ministerio Público en enero de 2020 y, de forma paralela, se inició un sumario administrativo en su contra. Pese a que las conclusiones de dicho proceso proponían solo una sanción menor —consistente en cuatro días de arresto— el General Director de Carabineros propuso su retiro temporal, medida que fue oficializada mediante un decreto en junio de 2020. Posteriormente, en noviembre de 2024, fue notificado de su separación definitiva del servicio.

Luengo alegó que esta decisión fue arbitraria, ilegal y discriminatoria, en comparación con otros funcionarios involucrados en hechos similares, quienes no fueron sancionados de igual forma. Además, denunció una serie de hostigamientos durante su tiempo en detención y acusó haber sido uno de los primeros en advertir sobre el uso de munición no reglamentaria durante el estallido social.

La Dirección de Justicia de Carabineros defendió la legalidad de la expulsión, argumentando que se trató de una medida administrativa contemplada en la legislación vigente y que no se vulneraron derechos fundamentales. Sin embargo, la Corte concluyó que el dictamen que formalizó su expulsión fue firmado por el Prefecto de la Prefectura de Carabineros Coquimbo, quien no contaba con la facultad legal para imponer dicha sanción.

“El Prefecto solo podía proponer la medida al General Director, quien sí tiene la competencia para resolverla. Al no respetarse esta jerarquía, el acto queda desprovisto de toda validez”, sostiene el fallo. Asimismo, se recalca que este vicio no puede ser considerado un simple error administrativo, ya que infringe el principio de legalidad consagrado en la Constitución.

En consecuencia, el tribunal invalidó el dictamen del 22 de octubre de 2024 y ordenó retrotraer el sumario administrativo al estado anterior, instruyendo que un nuevo dictamen sea emitido por una autoridad competente. La decisión fue adoptada por el ministro Guillermo de la Barra y deja abierta la posibilidad de que Luengo recupere su condición de activo para efectos previsionales, si así lo determina el nuevo proceso.