Basándose en la Ley Karin

Video con IA difundido por Manouchehri podría constituir violencia laboral

La abogada María José Lira afirmó que la publicación realizada por el alcalde de Coquimbo en la que aparece el administrador municipal de La Serena, Gonzalo Arceu, mediante inteligencia artificial, podría ser investigada por la Contraloría e, incluso, con un dictamen negativo, podría ser causal de destitucíon. Además, señaló que el municipio serenense tiene la obligación de activar mecanismos de protección para el funcionario afectado.
El video fue difundido el pasado lunes por el propio edil porteño. (Foto: Captura de video)
El video fue difundido el pasado lunes por el propio edil porteño. (Foto: Captura de video)
martes 09 de junio de 2026

La controversia generada por la difusión de un video elaborado con inteligencia artificial que muestra al administrador municipal de La Serena, Gonzalo Arceu, sumó un nuevo capítulo luego de que una especialista en derecho público advirtiera que los hechos podrían encuadrarse dentro de las conductas sancionadas por la denominada Ley Karin.

La polémica se originó tras la publicación realizada por el alcalde de Coquimbo, Ali Manouchehri, quien compartió en sus redes sociales un registro creado con inteligencia artificial donde aparecen caricaturizados Arceu y el administrador municipal de Coquimbo, David Díaz, participando en una popular tendencia de internet bajo el mensaje “Listo, se terminó la pelea”. El video surgió en medio de una serie de declaraciones cruzadas entre representantes de ambas municipalidades a propósito del debate por la instalación de un casino en La Serena.

En ese contexto, la abogada y magíster en Derecho Público, María José Lira, aseguró que el caso presenta elementos que podrían configurar violencia laboral en un entorno digital.

“Desde la perspectiva del derecho, este caso es un claro ejemplo de violencia laboral en el entorno digital, una conducta tipificada y sancionada por la Ley Karin”, afirmó la profesional.

Según explicó, la normativa protege a los funcionarios públicos frente a agresiones provenientes incluso de terceros ajenos a la relación laboral cuando estas ocurren con ocasión del ejercicio de sus funciones.

“La difusión en redes sociales de un registro adulterado con inteligencia artificial, sin autorización de la persona afectada, no constituye una mera sátira, sino un menoscabo ejecutado con ocasión del cargo de la víctima”, sostuvo.

Eventual intervención de Contraloría

Lira precisó que, debido a que el presunto responsable de la publicación es una autoridad comunal en ejercicio, la vía administrativa para abordar el caso sería específica.

“Procesalmente, al ser el agresor un alcalde en ejercicio, la denuncia debe interponerse directamente ante la Contraloría General de la República, organismo competente para investigar y determinar la eventual responsabilidad funcionaria de una autoridad comunal”, indicó.

La abogada agregó que un aspecto relevante es que la eventual responsabilidad del autor de la publicación no exime de obligaciones a la institución empleadora del funcionario afectado.

“Es un error común pensar que, al externalizarse el agresor, la municipalidad empleadora queda liberada de actuar. Todo lo contrario. El municipio tiene el deber de activar los mecanismos de protección que contempla la normativa”, señaló.

Entre estas acciones mencionó la entrega de apoyo jurídico institucional, la gestión para reportar la publicación en las plataformas digitales correspondientes y, de ser necesario, el acceso a atención psicológica temprana mediante el organismo administrador del seguro laboral.

Posibles consecuencias

Respecto de las eventuales repercusiones para la autoridad denunciada, la especialista afirmó que, de acreditarse los hechos, estos podrían tener implicancias vinculadas al principio de probidad administrativa.

“Los actos de violencia laboral cometidos por un alcalde podrían configurar una infracción grave al principio de probidad administrativa”, explicó.

En ese escenario, agregó que un eventual pronunciamiento adverso de la Contraloría podría transformarse en un antecedente relevante para que el concejo municipal correspondiente evalúe acciones ante el Tribunal Electoral Regional.

“Un dictamen desfavorable constituiría un sustento jurídico importante para que el concejo determine si corresponde solicitar la destitución o la aplicación de otra sanción contra el alcalde”, concluyó.