Operación renta 2022

¡Atención! Confirman extensión del plazo de término de la Operación Renta 2022

Desde el Gobierno del presidente Gabriel Boric, específicamente el Ministerio de Hacienda, se confirmó durante la jornada de este viernes una nueva extensión al plazo de término de la Operación renta para este 2022, con una fecha final para el 12 de mayo.
sábado 30 de abril de 2022

Luego de las peticiones de varios sectores, durante la jornada de este viernes el Gobierno confirmó un nuevo plazo de extensión para el termino de la Operación Renta de este año 2022.

Esto, tal como lo solicitaron los gremios de las pequeñas y medianas empresas (Pymes), además del Colegio de Contadores.

Así lo informó el Ministerio de Hacienda, detallando que se hará una extensión para el plazo de cierre de la operación Renta de 2022. La fecha original concluía el 30 de abril, pero se extenderá hasta este próximo jueves 12 de mayo.

Esta modificación, señaló el ministerio, “apunta a facilitar el cumplimento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ampliado el plazo de la declaración y de los pagos de impuestos”.

Por otra parte, se señaló que la devolución de impuestos también se extenderá en el mismo plazo, lo que fue destacado por diferentes dirigentes.

Uno de ellos fue el presidente de la Multigremial Nacional de Emprendedores, Juan Pablo Swett, quien agradeció la disposición del Servicio de Impuestos Internos (SII) y del presidente Gabriel Boric.

La Operación Renta 2022 inició oficialmente este viernes 1 de abril.

Durante el proceso el SII proyecta que declaren el impuesto más de cuatro millones de contribuyentes. De esta cifra, aproximadamente 1 millón corresponde a empresas.

El periodo de presentación para las declaraciones por internet que no impliquen pago, se extenderá entre el 1 de abril y el 10 de mayo.

En el caso de las declaraciones a las que les corresponda pago de impuestos, el plazo de presentación será entre el 8 de abril y el 2 de mayo.

El primer período para declarar y obtener la devolución anticipada de excedentes de Impuesto a la Renta se extiende entre el 1 y el 21 de abril, lo que permite acceder a la devolución el 12 de mayo para quienes soliciten transferencia electrónica.

  • Todo chileno o extranjero que tenga domicilio o residencia en nuestro país debe cumplir con esta obligación (siempre y cuando sus ingresos anuales sean superiores a $8.266.699)
  • Quienes hayan tenido más de un empleador o pagador.
  • Trabajadores a honorarios que quieran optar a la cobertura parcial de las cotizaciones previsionales.
  • Quienes hicieron el segundo retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295. Y que, al mismo tiempo, tuvieron una renta imponible superior a 30 UTA ($1.530.000 mensuales aproximadamente) en el año del retiro.
  • Quienes deseen acceder a algún beneficio o crédito tributario como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.

El primer paso es ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl) con tu rut y con la contraseña o también puedes acceder con Clave única. También existe una aplicación desarrollada por el organismo estatal, llamada e-Renta, descargable de forma gratuita en el celular.

Paralelamente, el trámite lo puedes hacer presencialmente en la oficina del SII, con los antecedentes que te pidan.

Finalmente, una vez que accedas al sitio, podrás revisar, descargar y aceptar la propuesta que presenta el SII.

No obstante, en caso de no estar de acuerdo con ella, debes enviar y justificar una nueva propuesta.