De cara a sentencia

Caso Melissa: Estos son los años de cárcel que arriesga la madre y el padrastro

La Fiscalía pide presidio perpetuo para Mirta Ardiles y 17 años de cárcel para Luis Santander. En tanto, representantes de los acusados piden considerar la atenuante de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, con el fin de bajar las penas, lo que es debatido por el Ministerio Público.
jueves 25 de mayo de 2023

Este sábado el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictará sentencia contra Mirta Ardiles y Luis Santander, madre y padrastro de la niña de 12 años asesinada en Villa Talinay durante noviembre de 2020.

Recordemos que el tribunal dio por acreditado que Ardiles fue quien dio muerte a su hija con un cuchillo cocinero, para luego incendiar la casa en un intento por ocultar el crimen, hechos calificados como parricidio e incendio en lugar habitado. Por otro lado, se determinó que Santander cometió delitos reiterados de abuso sexual contra la menor de edad, desde que esta tenía 6 años hasta poco antes de su muerte.

Con el veredicto entregado por el tribunal de La Serena, los sujetos arriesgan altas penas, sin perjuicio de que luego de conocida la decisión final, sus defensas pueden recurrir a instancias superiores para cambiar el resultado del proceso penal por el caso, que ha causado conmoción en la Región de Coquimbo.

El Ministerio Público está pidiendo una pena de presidio perpetuo simple para Mirta Ardiles por el delito de parricidio. Esto implica una condena de por vida y la posibilidad de acceder a beneficios carcelarios sólo al cumplirse 20 años de la misma.

En cuanto al delito de incendio en lugar habitado, se solicitó una pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, además de las accesorias legales que la ley determina para dicho rango.

En tanto, para el delito de abuso sexual, el ente persecutor pidió que se aumente el rango de la pena asignada (3 años y 1 día, a 10 años) a la de presidio mayor en su grado máximo, por tratarse de ilícitos reiterados. De esta forma, la solicitud es de 17 años de cárcel.

Para ambos acusados, el Ministerio Público reconoce la atenuante de responsabilidad penal de irreprochable conducta anterior.

DEFENSAS PIDEN BAJAR RANGOS

Los abogados defensores de ambos imputados, solicitaron al tribunal considerar, además de la irreprochable conducta anterior, la atenuante del artículo 11, número 9, del Código Penal, esto es la colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos.

En sus argumentos, el abogado Nicolás Pavez, representante de Mirta Ardiles, aludió a las declaraciones que la madre prestó el 26 de noviembre, primero como testigo y luego como imputada.

Asimismo, mencionó que “no se opuso” a levantar el secreto bancario e hizo entrega de sus vestimentas y teléfonos celulares para el desarrollo de las indagatorias.

“Entendemos que el 11, número 9, no necesariamente implica que la acusada deba confesar un delito, sino que más bien, debe colaborar en el esclarecimiento de los hechos y ella ha estado llana cada vez que se le ha solicitado”, dijo al tribunal.

En ese contexto, el defensor particular considera que la pena a aplicar por los delitos condenados es de 10 años por el parricidio y 5 años por el incendio, sumando 15 en total.

Para el caso de Luis Santander, el defensor penal público Alejandro García, pidió al tribunal considerar el abuso sexual como un delito continuado y no reiterado. Esto, sumado a la atenuante del 11, número 9, a la que también alude el jurista, podría rebajar la pena y, en ese sentido, solicita que la sentencia se dicte por 3 años y 1 día de cárcel.

Lo anterior, permitiría incluso a Santander cumplir su condena con una pena sustitutiva. El abogado, sugiere que sea mediante libertad vigilada intensiva.

En subsidio, es decir, en caso de que el tribunal no lo considere un delito continuado y mantenga la posición del veredicto en un delito reiterado, García pide que se considere la prescripción de los hechos de 2014. En tal caso, sería de 5 años y 1 día de cárcel.

FISCALÍA Y QUERELLANTES SE OPONEN

El Ministerio Público y los querellantes del caso (la Defensoría de la Niñez y el Programa de Apoyo a Víctimas de la Subsecretaría de Prevención del delito), se opusieron a que se considere la atenuante de colaboración con el esclarecimiento de los hechos.

El fiscal Adrián Vega indicó que los acusados no prestaron “ninguna colaboración en estrado”, ya que decidieron guardar silencio “y aquellas actuaciones que se hicieron durante la investigación (como la entrega de los teléfonos) no eran más que diligencias que debían hacerse y podían hacerse sin la voluntad de ellos”.

Asimismo, el fiscal regional se opuso a la solicitud de García de considerar el abuso sexual como continuado. “No creemos que sea la instancia para discutir si es un delito continuado o reiterado. Esa instancia era el juicio”, señaló.

La lectura de sentencia fue fijada para el día sábado 27 de mayo.