Servicio de Impuestos Internos hace llamado a pagar IVA por arriendos

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Servicio de Impuestos Internos hace llamado a pagar IVA por arriendos
Servicio de Impuestos Internos hace llamado a pagar IVA por arriendos
miércoles 02 de enero de 2013

El Servicio de Impuestos Internos (SII) realizó un llamado a los arrendatarios de inmuebles, a pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las rentas percibidas producto del arriendo de propiedades amobladas en verano, ya que todo arrendador debe pagar el impuesto al realizar actividades esporádicas. El pago del impuesto es a cargo del arrendatario, pero es responsabilidad del arrendador recaudarlo y entregarlo al SII, según lo dispone el Decreto Ley N° 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios), de 1974. Existen diferentes casos, si el arrendador es contribuyente del IVA, debe emitir al arrendatario la boleta o factura correspondiente por el servicio al arrendador, asegurando la calidad y seriedad del servicio, declarando y pagando el IVA en el Formulario 29 de declaración y pago simultáneo.
En caso que el arrendador de la propiedad amoblada o el arrendatario no sean contribuyentes, el arrendador deberá dirigirse a la oficina del SII correspondiente a su domicilio para determinar el impuesto a pagar.
La jefa del Departamento de Fiscalización del SII, Sonia Castillo, señaló al respecto que “los usuarios del servicio se deben acercar a nuestra institución especificando que desean arrendar, se completa un formulario y en base a ello nosotros calculamos la tasación, que depende concretamente del sector en el cual esté el inmueble y su costo”. Además, recuerda que este trámite se debe realizar este mes o a más tardar hasta febrero, ya que después comienza la fiscalización.