Gobierno destaca la sentencia a sociólogo Hans Niemeyer

El ministro del Interior aseguró que como Gobierno no comparten “el criterio interpretativo de algunos tribunales al no considerar como delito terrorista la colocación y explosión de bombas”.
Gobierno destaca la sentencia a sociólogo Hans Niemeyer
Gobierno destaca la sentencia a sociólogo Hans Niemeyer
sábado 13 de julio de 2013

Ayer se conoció la sentencia a cinco años de presidio efectivo sin beneficios para el sociólogo Hans Niemeyer Salinas, por el delito de infracción a la Ley de Armas luego que el 7º Tribunal Oral de Santiago estableciera que el 30 de noviembre de 2011 instaló una bomba en una sucursal del Banco BCI, en Macul.

Según indicó la jueza Olga Ortega, el imputado deberá cumplir otros 300 días en la cárcel por el delito de daños, pero se le eximió del pago de las costas del juicio.
Asimismo, lo absolvió del delito de fabricación de explosivos, uno de ellos instalado en el Memorial de Jaime Guzmán, ya que sostuvo que no se le podía atribuir la confección de dichos artefactos sólo por presentar similitudes en el sistema de activación con la bomba de Macul.

LA CIFRA

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años de presidio efectivo y otros 300 días por daños deberá pasar Hans Niemeyer.

Tras el fallo condenatorio, la Fiscalía Sur, admitió como atenuante la irreprochable conducta anterior de Niemeyer, sin embargo desconoció que el imputado haya colaborado en la investigación, tal como sugirieron los defensores, Rodrigo Román y Julio Cortés.
La semana pasada el tribunal desechó el cargo por delito terrorista que hizo la Fiscalía Sur por considerar que dicho acto se enmarcó en una conducta sancionada por la Ley de Armas y no por la Ley Antiterrorista.
Al respecto, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, se refirió ayer a la sentencia recibida por Niemeyer.
“Ojala que esta condena permita disuadir a otros que colocar bombas no es gratis”, expresó el jefe de gabinete luego de conocerse el fallo contra el sociólogo.
Chadwick destacó la sentencia aunque aseguró que como Gobierno no comparten “el criterio interpretativo de algunos tribunales al no considerar como delito terrorista la colocación y explosión de bombas”.