Revocan beneficio y ordenan cumplir presidio efectivo por femicidio frustrado
Marco Antonio Olmos Barraza, deberá cumplir cinco años de prisión efectiva, luego que la Corte de Apelaciones de La Serena acogiera el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público, y revocó la sentencia de los tribunales de Ovalle que lo habían condenado a la misma cantidad de años, pero con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como autor del delito de femicidio frustrado de su cónyuge, Karol Alexandra Pizarro Chacana.
Se trata del bullado caso en donde se habría considerado como atenuante el hecho de que la mujer que lab´ría sido infiel.
En fallo dividido la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Vicente Hormazábal, Jaime Franco y el abogado integrante, Carlos del Río, revocó la resolución dictada el 5 de abril pasado, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle que, conmutó el cumplimento efectivo de la pena por la libertad vigilada intensiva, con plan de intervención individual y la obligación de someterse a tratamiento de control de impulsos.
El fallo sostiene que "resulta del caso estimar que surgen indicios acerca de la personalidad violenta del sentenciado y por otra parte, los hechos establecidos en el fallo dan pie para observar en su comportamiento rasgos de irracionalidad, antecedentes que en concepto de estos juzgadores hacen dudar en cuanto a que la pena sustitutiva concedida por los jueces de primera instancia resulte eficaz para disuadirlo de incurrir nuevamente en hechos que pongan en riesgo la integridad física de la víctima”.
Más adelante señala que “ se revoca, en lo apelado, la sentencia dictada en audiencia del día cinco de abril de dos mil dieciséis por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, que concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva respecto del condenado de autos Marco Antonio Olmos Barraza, y en su lugar se dispone que éste deberá cumplir la pena corporal en forma efectiva”.