Multitienda deberá terminar con "acoso telefónico" contra una clienta
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por una clienta, quien denunció acoso telefónico de la empresa Ripley S.A.
En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada aprobó la acción cautelar, tras establecer el actuar arbitrario de la multitienda al realizar múltiples llamados telefónicos y envíos de mensajes de texto para cobrar cuotas impagas, reseña Biobiochile.
El texto judicial detalla que solo en el mes de junio, el personal de la empresa llamó de forma recurrente a la mujer los días "5, 6, 9, 10, 12, 13, 14 y 20, en horarios que van desde las 13:00 – 11:00 a las 19:00 – 22:00 horas”, según los documentos consignados por la denunciante.
En la resolución se establece que es permitido “ejecutar gestiones de cobro” pero deben ser dentro del marco legal y por tanto “importa eliminar toda práctica abusiva”.
El fallo concluye que la Empresa Ripley S.A. “debe abstenerse en el futuro de efectuar llamados telefónicos de cobros extrajudiciales, mandar mensajes de texto o enviar cartas de la presunta deuda que exige a la recurrente, con costas”.