SE DETERMINÓ UN PLAZO PARA LA INVESTIGACIÓN DE SEIS MESES

Papaya Gate: Exfuncionarios del GORE quedan con arresto domiciliario nocturno

El Tribunal de Garantía rechazó la aplicación de prisión preventiva como estaba pidiendo el Consejo de Defensa del Estado y acogió las cautelares del Ministerio Público en el caso de la exintendenta y del exadministrador regional, mientras que dejó sin cautelares al gerente de empresas CPS. Para los empresarios se aplicó arraigo nacional y firma mensual.
jueves 29 de mayo de 2025

Luego de tres extensas jornadas de audiencia, en las que fueron imputadas por diversos delitos ocho personas implicadas en el llamado caso “Papaya Gate”, finalmente el tribunal dictó las medidas cautelares correspondientes.

En primer lugar, la magistrada Carolina Baroncini, rechazó la prisión preventiva que el Consejo de Defensa del Estado estaba solicitando para la exintendenta regional, Lucía Pinto, el exadministrador regional, José Cáceres, y para el exgerente de empresas CPS S.A., Pablo Bracchitta, optando finalmente, por la dictación de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional para Pinto y Cáceres.

En cuanto a Pablo Bracchitta, el tribunal decidió dejarlo sin cautelares.

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FUNDAMENTOS PARA LA DECISIÓN

En el caso de la exintendenta, la decisión de la jueza se basó en la falta de claridad sobre el perjuicio económico causado, pues si bien, se reconoce la posibilidad de un delito de fraude al fisco, la cuantía del daño no está definida a juicio de la magistrada, por informes contradictorios sobre la valoración del terreno.

En todo caso, el tribunal consideró poco creíble que, como intendenta, no revisara las tasaciones antes de firmar un contrato por casi 10.000 millones de pesos. Y si bien, la defensa de Pinto afirmó que ésta le confió a su equipo dicha tarea, la magistrada Baroncini consideró poco razonable tal argumento

Respecto a José Cáceres, aunque su actuación se reconoció como cuestionable, desde el punto de vista del tribunal no se evidencia doble intención o motivación secundaria. Asimismo, se señala que la negociación incompatible atribuida a él podría quedar absorbida por el delito de fraude al fisco, si éste se probara.

En todo caso, se destaca que Cáceres, como funcionario público, tenía la obligación de velar por el uso eficiente de los recursos, sin embargo, no se justifica la compra realizada a un precio superior al de otras tasaciones.

En tanto, la falta de evidencia sobre una participación dolosa de Pablo Bracchitta llevó a la magistrada a no imponerle medidas cautelares, ya que el tribunal consideró que las medidas cautelares solicitadas eran demasiado severas, dada la incertidumbre sobre si el delito, de probarse, ameritaría pena de crimen.

Además, aseguró que el precio pagado por la compra de los terrenos fue similar al ofrecido previamente para otros proyectos.

“Esta es una investigación que lleva cinco años. No obstante eso, fueron citados para esta audiencia y comparecieron. Han comparecido en otras oportunidades y con anterioridad a todas las citaciones que se les han hecho. Comparecieron durante la investigación, prestaron declaración, entregaron antecedentes, abrieron sus cuentas corriente para los efectos de que se pudiera investigar los hechos y esta es la razón, precisamente, por la que el persecutor, es decir, el encargado de la persecución penal, el Ministerio Público, no solicita la prisión preventiva. Y no lo hace porque no existe una necesidad de cautela que la justifique. Teniendo en consideración todo lo antes mencionado se rechaza la prisión preventiva que fue solicitada por el Consejo de Defensa del Estado”, señaló al final, la jueza Carolina Baroncini.

Cabe señalar que el tribunal aceptó además, la solicitud de la defensa de Lucía Pinto, en cuanto a cumplir el arresto domiciliario nocturno en dos direcciones distintas: lunes, martes y miércoles en la localidad de La Campana, comuna de Vicuña, y jueves, viernes, sábado y domingo en la ciudad de La Serena.

Respecto de los empresarios imputados por la comisión delitos tributarios, a Lorenzo Iduya Ortiz de Luzuriaga, Nicolás Bakulic, Karim Daire Daud y Manuel Daire Daud, además del abogado Luis Gastón Yver Hudson, se les aplicó la medida cautelar de firma mensual y arraigo nacional. 

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SATISFACCIÓN POR MEDIDAS

Tras el término de la audiencia, el abogado defensor de Pablo Bracchitta, David Segall, se manifestó contento por la determinación del tribunal, señalando que “fue una audiencia extensa. Se vertieron múltiples antecedentes y estamos contentos porque tras 5 años de investigación finalmente tuvimos la oportunidad de exponer todos los antecedentes que obran en la carpeta investigativa. Así que estamos satisfechos con el trabajo realizado y por supuesto con la ausencia de medidas cautelares impuestas respecto de nuestro representado”.

Consultado por la existencia de un precio mayor de los terrenos al momento de venderlos al GORE, contestó que “en base a los múltiples antecedentes y las opciones que se han aportado, y eso también lo recogió la magistrado al momento de señalar que el precio convenido en valor UF por metro cuadrado es el mismo que los particulares habían ofrecido desde el año 2016 en adelante”.

En la misma línea, se le preguntó por las visitas previas a la municipalidad que realizaron Cáceres y Bracchitta, y si éstas tuvieron por objeto - o no - alguna negociación. “Esa visita previa que está registrada en ley del lobby no tenía absolutamente nada que ver con los antecedentes de esta causa. No tenía nada que ver y es una cuestión completamente descontextualizada que fue citada por el Ministerio Público al Consejo de Defensa de Estado. Eso es todo lo que voy a señalar en este momento”, cerró.

180 DÍAS DE INVESTIGACIÓN

En tanto, si bien la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, no estuvo presente en la audiencia de ayer, desde esa ciudad de la zona central se refirió a la formalización y las cautelares aplicadas.

“Se ha imputado a la exintendenta Lucía Pinto y al exadministrador regional José Cáceres la conducta de fraude al fisco y se ha impuesto la solicitud de cautelares que requirió el Ministerio Público, esto es, para ambos el arresto nocturno y la medida de arraigo. Asimismo, se imputó a José Cáceres el delito de negociación incompatible. En este caso, el tribunal estimó que había escasos antecedentes para establecer la existencia de ese delito, que a su turno tenía relación con el vínculo que existió, desde el punto de vista de la pertenencia de una empresa y la obtención de utilidades de esa empresa con Pablo Bracchitta, que a su turno, actuó como gerente general de los representantes de las sociedades vendedoras”, indicó Perivancich, quien reconoció que el tribunal consideró, en este caso, que no había elementos suficientes para determinar aquello.

“Pero ahora tenemos el plazo de investigación que es de 180 días para profundizar en ésta y fortalecer los antecedentes que sean necesario”, indicó.
Sobre los delitos tributarios imputados a los empresarios, destacó que “también se aceptó la medida cautelar que solicitó la fiscalía, esto es, arraigo y firma. De esta manera, estamos satisfechos en términos generales con lo descrito y nos enfrentamos ahora a una etapa distinta de la investigación. Esto ya se encuentra con un plazo judicial vigente y, por lo tanto, vamos a avanzar en diligencias que nosotros mismos podamos proponer y otras que sean eventualmente de interés de las defensas”, subrayó la fiscal Perivancich.

Aseguró, además, que siempre ha reconocido lo complejo de avanzar en la investigación, considerando la necesidad de acreditar lo que es, hasta estas alturas, una presunción para el Ministerio Público: que se pagó un precio exorbitante más allá de lo que resultaba racional.

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