son más de 160 millones de pesos
Ordenan pago de deuda a municipio de La Serena tras perder juicio del 2022
Una nueva situación judicial es la que está enfrentando la municipalidad de La Serena, luego que el pasado 23 de junio fuera notificada por parte del Primer Juzgado de Letras de La Serena, tras darse por terminado un juicio (que viene de años anteriores) entre el municipio y la empresa Paisajismo Cordillera S.A. y que terminó favorable para esta empresa privada condenando a la municipalidad a pagar una deuda de más de 160 millones de pesos.
El caso se encontraría en etapa de cumplimiento de la sentencia, que es cuando se exige que la parte condenada (la municipalidad) efectivamente pague lo que debe.
POR QUÉ EXIGIR UN PAGO
Pero cómo se llega a esta situación de que el tribunal esté ordenando un pago. Ocurre, porque el Primer Juzgado ya había ordenado anteriormente a la municipalidad dictar un decreto alcaldicio para pagar, según lo establece la ley para los municipios. Lo anterior, luego de la sentencia dictada en junio de 2022, que ordenó el pago del monto adeudado junto con intereses y costas del juicio, tras el fallo favorable a la empresa demandante.
Sin embargo, a más de dos años del fallo, el municipio no ha dictado el correspondiente decreto alcaldicio para efectuar el pago, un trámite esencial según la Ley Orgánica de Municipalidades para que esto suceda.
Debido a lo anterior, la empresa Paisajismo Cordillera S.A. ha solicitado al tribunal la aplicación de medidas de apremio, incluyendo una insólita petición de orden de arresto contra el exalcalde Roberto Jacob Jure, quien encabezaba la administración al momento de dictarse la sentencia.
Sobre una situación de esta naturaleza, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala que “la ejecución de toda sentencia que condene a una municipalidad se efectuará mediante la dictación de un decreto alcaldicio. Con todo, tratándose de resoluciones recaídas en juicios que ordenen el pago de deudas por parte de una municipalidad o corporación municipal, y correspondiere aplicar la medida de arresto prevista en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, ésta sólo procederá respecto del alcalde en cuyo ejercicio se hubiere contraído la deuda que dio origen al juicio”.
ORDEN DE EMBARGO
No obstante las solicitudes del demandante al juzgado, el tribunal ya habría autorizado el embargo de un inmueble municipal ubicado en Avenida Rodolfo Wagenknecht Nº 2826, el cual fue debidamente inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena en diciembre de 2024. La empresa acreedora solicitó recientemente avanzar en el proceso de remate del bien, como vía para recuperar los fondos adeudados.
En su presentación, la defensa de Paisajismo Cordillera S.A. argumentó que no existe justificación legal para el incumplimiento municipal, considerando que incluso la factura fue cedida de vuelta a la empresa demandante antes de la interposición de la demanda, despejando así cualquier duda sobre su legitimación activa para cobrar.
RESPUESTA MUNICIPAL
Aunque en el municipio serenense su alcaldesa Daniela Norambuena reconoce que no han sido notificados aún de la decisión última del tribunal, no esquiva la situación y sostiene que respecto de la exigencia del Primer Juzgado de Letras de La Serena sobre el pago de una deuda de más de 160 millones de pesos a la empresa Paisajismo Cordillera, “queremos aclarar que, en este momento, estamos a la espera de la notificación formal del tribunal. Una vez que recibamos dicha notificación, nuestro equipo jurídico evaluará las acciones a seguir”.
No obstante, la edil subraya que se trata de “una deuda más, producto de malas prácticas y gestiones que ocurrieron en la administración anterior del señor Roberto Jacob. Como resultado de ello, la municipalidad se encuentra con esta obligación pendiente. Sin embargo, desde nuestra gestión, estamos comprometidos en resolver esta situación y salir de este tipo de problemas financieros que vienen de arrastre, como la deuda municipal de casi 10 mil millones, con el objetivo de garantizar una mayor transparencia y estabilidad para el municipio y sus habitantes. Por lo demás, en el próximo concejo municipal presentaremos el plan de ahorro y de mayor recaudación para ir mejorando y buscando el equilibrio financiero del
municipio”, señaló a diario El Día.
PAGOS CORRESPONDEN
Ante la situación que enfrenta el municipio de La Serena y las exigencias que estaría haciendo la empresa Paisajismo Cordillera S.A., consultada la abogada y académica de la Universidad Central, María José Lira, si las responsabilidades recaen sobre el municipio o en el alcalde que estaba ejerciendo el cargo cuando se generó la acción judicial, la profesional precisó que las deudas civiles, es decir, dinero, son de la municipalidad, no del alcalde. Por tanto, si una sentencia condena a X municipalidad al pago de algo, debe pagarlo, cualquiera sea el alcalde”, señala y explica que “la responsabilidad individual de cada alcalde es ante el TER por notable abandono de deberes o penales, si en su gestión cometió un delito. Los alcaldes comprometen a una persona distinta a ellos, comprometen a una persona jurídica que es la municipalidad, más allá de quien sea su representante legal, que puede ser el alcalde o incluso quien haga las veces de subrogante”.