ayer fueron los alegatos en el tribunal de alzada

Ratificado: Alcalde Hernán Ahumada no podrá acercarse al municipio de Paihuano

La Corte de Apelaciones de La Serena mantuvo las cautelares que aplicó el Juzgado de Garantía de Vicuña, el cual ordenó al edil realizar su trabajo vía remota, prohibiéndole acercarse tanto a las dependencias municipales como a la funcionaria que lo denunció por presunto abuso sexual.
martes 22 de julio de 2025

En un fallo dividido, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena ratificó las medidas cautelares que aplicó el Juzgado de Garantía de Vicuña en contra del alcalde de Paihuano, Hernán Ahumada, en la audiencia de formalización del edil que se realizó el pasado jueves 3 de julio por la imputación de un presunto delito de abuso sexual en contra de una funcionaria. 

Según consigna el fallo del tribunal de alzada, emitido ayer, “las medidas cautelares son herramientas de carácter procesal, y entendiendo que las leyes procesales rigen in actum, es decir, se aplican desde el momento de su entrada en vigor a todos los procedimientos futuros y a los que se encuentran en tramitación. Esto es, son independientes de la fecha en que ocurrieron los hechos que originan el proceso, puesto que la ley 21.675 no establece una excepción a esta regla general”.

En la misma línea, en el fallo se señala que “abona a lo razonado, que el hecho que habilita la procedencia de estas medidas es el riesgo actual e inminente de sufrir violencia de género, conforme al artículo 33. Este riesgo es una circunstancia presente y actual que el tribunal debe evaluar ya que el objetivo de las medidas cautelares descritas en el artículo 34 no es sancionar un hecho pasado, sino proteger a la víctima de un daño futuro y asegurar el resultado del proceso judicial”.

Finalmente se señala que “conforme lo expuesto se comparte el análisis del tribunal que efectivamente se centra en la necesidad de protección actual de la víctima utilizando los mecanismos que la ley le otorga para tal fin, por lo que se confirmará la resolución apelada”.

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MEDIDAS CAUTELARES

Estas medidas que aplicó el Juzgado de Garantía de Vicuña y que fueron confirmadas por la Corte de Apelaciones de La Serena, imponen al edil la prohibición de ingreso a la municipalidad de Paihuano y a todas sus dependencias. 

Otra cautelar estableció que mientras dure la investigación - cuyo plazo fue fijado en 120 días - Hernán Ahumada, deberá ejercer sus funciones a través de teletrabajo, dejándose constancia de que dicha modalidad no constituye abandono de funciones ni afecta el ejercicio del cargo, encontrándose dentro del marco legal.

Además, se le prohibió acercarse a la denunciante, a su domicilio, lugar de estudio o trabajo, así como la prohibición de todo tipo de contacto, ya sea telefónico, por correo o redes sociales. 

Además, se decretó el resguardo de la identidad de la víctima y de su entorno, junto con el arraigo nacional y la prohibición de portar armas de fuego.

MEDIDA “INJUSTIFICADA”

Tras los alegatos de ayer en el tribunal de alzada, el abogado que representa al alcalde Hernán Ahumada, Carlo Silva, sostuvo que entendían que cualquier medida cautelar como prohibición de aproximarse o prohibición de comunicarse con la víctima, podría ser suficiente y “estamos abiertos a cumplirla de manera irrestricta. Pero insisto; prohibirle a mi defendido que es el alcalde, ejercer su función pública en su oficina en el recinto municipal nos parece totalmente una medida injustificada con motivo de los hechos que son materia de la investigación”.

En ese sentido, el abogado Silva desestimó la posibilidad de que el alcalde y la denunciante puedan encontrarse eventualmente al interior del municipio.
“De hecho, la ley contempla esta posibilidad. Dice: la norma de que se puede oficiar al administrador municipal para los efectos de que se evite el contacto físico, y la verdad es que sí es practicable, porque podríamos establecer que mi defendido incluso siendo el alcalde podría ingresar por la puerta trasera del municipio, estacionar su auto atrás. O podría mudarse de su despacho, que está en la parte principal del edificio hasta una parte posterior. La verdad es que sí se puede”, aseguró el profesional.

En tanto, la abogada querellante, Bianca Pfeng, indicó que las medidas cautelares estaban fundadas en la resolución del juez de garantía de Vicuña, en los antecedentes de la investigación y por aplicación de reglas de actuación y de prevención de violencia en la Ley de Violencia de Género, las cuales, “han permitido que mi representada, el 7 de julio pudiera -después de casi dos años- reincorporarse a su trabajo”.