SALUD

Condonación de Fonasa: el trámite para eliminar deudas previas a 2022

Si arrastras cobros por hospitalizaciones anteriores a 2022, la condonación de Fonasa te permite eliminar el total de la deuda siguiendo estos pasos...
miércoles 10 de junio de 2026

El Fondo Nacional de Salud (Fonasa) mantiene vigente un mecanismo de apoyo que permite a sus cotizantes solicitar la condonación, ya sea total o parcial, de las deudas generadas por atenciones de salud hospitalarias y de Garantías Explícitas en Salud (GES). Este beneficio está dirigido exclusivamente a regularizar saldos acumulados con anterioridad al año 2022.

La delimitación temporal se debe a la posterior implementación de la política de Copago Cero, medida que desde septiembre de ese año garantiza la gratuidad automática en todas las prestaciones de la red pública para los tramos C y D, igualando las condiciones que ya poseían los grupos A y B, además de los adultos mayores de 60 años.

Para postular a este perdonazo, los usuarios deben cumplir con dos requisitos fundamentales: estar inscritos en los tramos B, C o D de la institución y que la respectiva atención médica haya sido otorgada en un recinto de la Red Pública de Salud.

El trámite cuenta con una modalidad en línea para la cual se requiere contar con Clave Única y estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Al ingresar al portal oficial, los cotizantes deben dirigirse a la sección "Mi AUGE/GES", revisar el estado de su deuda y enviar la solicitud. La resolución del caso será informada directamente al correo electrónico registrado.

Quienes opten por la vía presencial deben acudir a una sucursal con su cédula de identidad, un poder simple (en caso de que asista un tercero), el certificado médico firmado y la factura o cuenta del hospital timbrada por el establecimiento. Cabe precisar que estos dos últimos documentos no son requeridos para casos asociados a AUGE o GES.

Tras la recepción de los antecedentes, el organismo estatal realiza una evaluación socioeconómica del afiliado para determinar si la condonación será aprobada de forma total, parcial o si resulta rechazada. El plazo de respuesta establecido para ambos canales es de 30 días hábiles. Quedan excluidas de este proceso las prestaciones realizadas en clínicas privadas y los cotizantes de otros sistemas como Isapres, Capredena o Dipreca.