Juzgado de la Serena ordena al fisco pagar millonaria indemnización tras detención errónea

El Fisco de Chile deberá pagar a Claudia Liz Espinoza León la suma de $20 millones por concepto de daño moral, y a su esposo Ricardo Ignacio Tejos Ulloa, más de $5 millones por conceptos de daño moral y emergente.
miércoles 05 de julio de 2017

El Segundo Juzgado de Letras de La Serena acogió la demanda de indemnización por daño moral y emergente interpuesta contra el fisco por Claudia Liz Espinoza León y su cónyuge Ricardo Tejos Ulloa por detención errónea, tras lo cual el organismo público  deberá pagar unos $25 millones de pesos.

Espinoza León fue detenida en agosto de 2015 en el aeropuerto internacional de Santiago, cuando se disponía a viajar de vacaciones al extranjero.

El fallo explica que el Ministerio Público cometió un error al formular cargos en contra de Claudia Liz Espinoza León, pues la persona a la que buscaban se llamaba Claudia Andrea León Espinoza.

“(…) El hecho de que el Ministerio Público haya insistido en solicitar nuevo día y hora para la realización de la audiencia solicitando citar a la imputada en el mismo domicilio en el que el funcionario de Carabineros había consignado que no era la morada u habitación de la imputada, haciendo caso omiso de lo señalado por Carabineros, resulta inexplicable”, agrega el fallo.

El documento reitera que se constatan los hechos para acceder a la indemnización de perjuicios solicitada por los actores.

“(…) Se ha constatado que la conducta del Ministerio Público ha sido injustificadamente errada, y que dicha conducta ha ocasionado el daño sufrido en la actora, desde que la persecución de la acción penal no se encuentra radicada en los tribunales, sino que en el Ministerio Público, quienes en virtud del principio de objetividad, debieron cerciorarse de la identidad y domicilio de la detenida”, detalla el fallo.

El Fisco de Chile deberá pagar a Claudia Liz Espinoza León la suma de $20 millones por concepto de daño moral; y a don Ricardo Ignacio Tejos Ulloa, las sumas de $5 millones de pesos por concepto de daño moral y de $497 mil 712, más 622.5 reales en su equivalente en moneda nacional a agosto de 2015, por concepto de daño emergente.