JUICIO FUE ANULADO Y DEBERÁ REPETIRSE

Caso Alejandro Ponce: Abogada querellante no descarta penas más altas para imputados

La representante de la familia del joven secuestrado y asesinado en Paihuano destacó que la justicia confirmara la condena de presidio perpetuo calificado para el principal autor del delito. Desde la defensa en tanto, aseguran que a sus representados les correspondería una condena por secuestro simple y no por homicidio, como se determinó en el primer juicio.
miércoles 21 de agosto de 2024

Molestia y dolor existe entre los familiares y amigos de Alejandro Ponce, joven secuestrado y asesinado en la comuna de Paihuano en noviembre de 2022, luego de que la Corte de Apelaciones de La Serena, en fallo unánime, acogiera los recursos de nulidad presentados en favor de los condenados por este caso, W.E.I.R. (“el Quique”), A.N.C.N. (“el Pato”), S.I.P.H. (“el Barba”) y A.A.M.C., anulando así, sus sentencias.

De esta manera, se ordenó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena la realización de un nuevo proceso, con jueces no inhabilitados, para los cuatro acusados como imputados del delito de secuestro con homicidio.

Si bien se destaca que se rechazaron los recursos de nulidad presentados por las defensas en contra de la sentencia que condenó al principal inculpado, J.S.M.O. (“el Chaca”), a la pena de presidio perpetuo calificado en calidad de autor del delito consumado de secuestro con homicidio, y a G.I.A.M. y C.E.M.C., a 5 y 3 años de presidio respectivamente, y con el beneficio de la libertad vigilada intensiva como encubridores del homicidio de Ponce, los familiares del joven asesinado expresan que repetir un nuevo juicio reabrirá una herida que consideraban cerrada tras la condena de los culpables de la muerte de su familiar.

REDUCIR O AUMENTAR CONDENAS

Al respecto, la abogada de la familia, Cecilia Álvarez, manifestó que debe tenerse en cuenta que, ahora, el juicio partirá desde cero, tanto para la parte querellante como para las defensas de los acusados.

“Volvemos al mismo estado procesal en el que estábamos antes del juicio. El Ministerio Público y nosotros, como querellantes, comenzaremos de nuevo con otros tres jueces, ya que los anteriores no pueden participar. Estos nuevos jueces iniciarán la causa sin ningún antecedente previo”, afirmó la profesional.

Ello se traduce, indica, en que “los jueces desconocen los detalles o las declaraciones de testigos anteriores. Además, un imputado podría optar por guardar silencio ahora, pese a haber declarado en el juicio previo. El Ministerio Público podría presentar pruebas que ofreció en el juicio anterior y no utilizó, como un testigo que antes no quiso hablar y ahora sí. Aunque los jueces sepan que es un juicio anulado con personas ya condenadas, no tendrán antecedentes sobre por qué se les condenó”, explicó la profesional.

Eso sí, Álvarez enfatizó en que la nulidad del juicio no implica que el tribunal deba reducir las condenas, pues en estos nuevos juicios, a veces se alcanzan penas más altas que las del proceso inicial.

En todo caso, la abogada destacó que “el Chaca” mantenga su condena de presidio perpetuo calificado, pues “no era un secreto para nadie que él era el principal implicado en los hechos; ideó, coordinó y planeó todo. Por lo tanto, lograr un presidio perpetuo calificado fue el resultado de una larga investigación que confirmó que los imputados participaron en los hechos tal como lo planteamos”, manifestó.

SENTENCIA JUSTA

Por su parte, para la defensora penal pública de La Serena, Bárbara Zúñiga, quien presentó uno de los recursos de nulidad a favor de sus representados - “el Barba” y “el Pato” - dicha acción se basa en que la fundamentación del fallo infringe las normas de la lógica, específicamente en la vertiente de la razón suficiente, al entender que la valoración de la prueba por parte del tribunal no fue adecuada.

“Realizaremos una alegación conjunta para instar por una recalificación del delito, argumentando que la participación de mis representados corresponde a un secuestro simple y no al resultado de homicidio, ya que este fue provocado por otra persona (“el Chaca”), cuya sentencia no fue anulada. En definitiva, se busca una sentencia justa acorde a su participación, lo que implicaría una pena considerablemente menor que la impuesta en la primera instancia”, concluyó Zúñiga.