Casa consistorial deberá pagar millonaria indemnización
Definirán ofensiva legal contra Auto Orden en concejo cerrado de La Serena
Una nueva arista judicial es la que enfrenta la concesionaria Auto Orden S.A. y la municipalidad de La Serena. Este martes se dio a conocer un fallo emitido por el Primer Juzgado de Letras de La Serena, que condenó al municipio al pago de $2.108.379.145 por concepto de lucro cesante, tras constatar que la comuna incumplió una obligación esencial del contrato: la fiscalización del cobro del estacionamiento concesionado.
Pero la disputa no es nueva. En julio de 2000, y tras un proceso de licitación, la municipalidad de La Serena firmó un contrato de concesión con la empresa Auto Orden, que otorgaba a la compañía los derechos de explotación de aproximadamente 761 estacionamientos en el centro de la comuna, acuerdo que se amplió con una segunda licitación en 2004, esta vez para los estacionamientos subterráneos.
A lo largo del tiempo se realizaron distintas modificaciones, siendo una de las más relevantes la incorporación de los estacionamientos de la Avenida del Mar a la zona de explotación.
Con el paso de los años, distintos ediles y comerciantes denunciaron irregularidades. Asimismo, se apuntó a que la ordenanza municipal que regulaba los derechos de pago por estacionamiento incluía un artículo —el artículo 6°— que permitía sancionar a quienes no pagaran. Sin embargo, la ordenanza aprobada en octubre de 2022, vigente desde 2023, eliminó dicho artículo, dejando sin respaldo normativo la fiscalización efectiva de usuarios que evadían el pago.
Las críticas también apuntaban a denuncias de “cobros fantasma”, tarifas cuestionadas —especialmente en sectores de playa y centro— y a una percepción de impunidad frente al no pago de estacionamientos concesionados.
En ese contexto, Auto Orden presentó en 2024 una demanda por incumplimiento de contrato e indemnización de perjuicios.
LUCRO CESANTE
Es así como el tribunal dio la razón a la empresa concesionaria en lo que considera el centro del conflicto: la falta de fiscalización municipal. La sentencia establece que la municipalidad tenía “la obligación expresa de fiscalizar a los usuarios que no pagaran el uso de los estacionamientos concesionados”, obligación esencial para el equilibrio del contrato y que, según el fallo, “no fue cumplida”.
Según los antecedentes expuestos por la empresa, entre mayo de 2019 y abril de 2024, unos 451.731 vehículos usaron los estacionamientos sin pagar. Esa evasión masiva y sostenida en el tiempo constituyó la base del cálculo del lucro cesante. Si bien Auto Orden solicitó una indemnización mayor, el tribunal no acogió todas sus pretensiones y limitó la condena al lucro cesante acreditado, es decir, lo efectivamente perdido entre 2019 y 2024.
MÁS ALLÁ DE LA INDEMNIZACIÓN
La reacción al fallo no se quedó en los tribunales. Este miércoles, en medio del concejo municipal, la alcaldesa Daniela Norambuena solicitó al equipo jurídico exponer la situación para transparentar ante los concejales y la comunidad el contexto de la demanda.
Durante la exposición se indicó que el problema no se limita a la indemnización, pues también existen denuncias de incumplimientos laborales y administrativos por parte de la concesionaria, como deudas previsionales, retrasos en pagos de la renta de concesión, demandas de trabajadores y falta de regularización de contribuciones correspondientes a los estacionamientos subterráneos. Varios de estos antecedentes derivaron en pronunciamientos de la Contraloría General de la República en agosto de 2025.
EL ARTÍCULO 6° Y EL ORIGEN DEL CONFLICTO
La abogada de la Dirección Jurídica, Valeska Robledo, explicó que uno de los puntos más utilizados hoy para cuestionar la actuación municipal - la eliminación del artículo 6° de la ordenanza de derechos - tiene una historia que no siempre se ha considerado en el debate público. “Ese artículo existió entre 2013 y 2022 y solo remitía a los instrumentos de la concesión”, señaló.
Robledo añadió que, incluso antes de su eliminación, las infracciones cursadas en 2021 fueron rechazadas por los Juzgados de Policía Local “porque el artículo no tenía eficacia sancionatoria. Porque la redacción de ese articulo no señalaba que ‘aquellos que no pagarán los valores por concepto serán sancionados de esta forma’, fue solo una remisión a la concesión vigente ”. Asimismo, recordó que “se recibieron un sinnumero de denuncias escritas que presentó el exconcejal Félix Velasco al haber incorporado ese artículo, por ende ilegalidad en las infracciones”, oficios que llegaron incluso a Contraloría, lo que derivó en la instrucción de eliminarlo.
En la demanda, Auto Orden argumenta que la eliminación de este artículo representó un incumplimiento municipal en materia de fiscalización. Robledo precisó que, desde el punto de vista jurídico, “la historia demuestra que no era un instrumento eficaz para sancionar”, por lo que su derogación no habría tenido un impacto real en la ejecución del contrato.
EL ALCANCE DEL FALLO
El abogado Marcial Salas, también de la Dirección Jurídica, complementó la exposición con un repaso del origen contractual de la concesión. Sobre la sentencia, Salas recalcó que la demanda fue acogida solo parcialmente. “Auto Orden pedía alrededor de 5 mil millones de pesos; sin embargo, el tribunal les concede algo así como el 40% de lo solicitado”, indicó. También subrayó que el fallo se basa en un informe pericial presentado por la propia empresa: “El tribunal utiliza ese informe para cuantificar el lucro cesante entre 2019 y 2024, lo que da origen a los más de 2 mil millones ya conocidos”.
EL GRAN CUESTIONAMIENTO
En ese marco, la municipalidad informó que evalúa distintas alternativas respecto del futuro del contrato con Auto Orden, lo que ha reactivado una pregunta recurrente: ¿por qué no se ha puesto término unilateral a la concesión? Desde el municipio explican que esta decisión no es simple y podría generar consecuencias jurídicas y financieras más graves para la comuna.
Consultado al respecto, el director jurídico municipal, Rodrigo Álvarez, sostuvo que, si bien existen incumplimientos por parte de la empresa, cualquier decisión debe tomarse con cautela.
“Nosotros podemos ponerle término en la medida que haya incumplimientos graves y reiterados. Y como Dirección Jurídica - y lo hemos conversado con ustedes - compartimos que acá hay incumplimientos graves y reiterados, como por ejemplo el no pago de cotizaciones previsionales de sus trabajadores, el no pago de multas, etc.”, señaló.
Sin embargo, advirtió que actuar solo por la vía administrativa podría ser perjudicial.
“Si nosotros le hubiéramos puesto término anticipado de manera voluntaria por la vía administrativa, ¿qué hubiera pasado? Auto Orden nos demanda en razón de esta misma sentencia: ‘El tribunal me está dando la razón respecto de este eventual incumplimiento por parte de la municipalidad’. Lo demando de acá al año 2042 por todo lo que dejé de ganar”.
Álvarez enfatizó que esperar una definición judicial antes de adoptar medidas drásticas fue la opción más prudente. “Ahora nosotros, como corresponde, tenemos otras instancias legales para sostener la postura de la municipalidad. Y es conveniente, porque todos somos funcionarios públicos municipales y debemos tomar decisiones en beneficio de la comuna de La Serena”, expresó.
CONCEJO CERRADO PARA DEFINIR ESTRATEGIA
Debido a lo anterior, las autoridades locales decidieron que las próximas decisiones sobre el contrato se realizarán en un concejo municipal cerrado. “No podemos hacer pública la estrategia porque estaríamos entregándosela a la empresa. Necesitamos discutir alternativas con rigurosidad: mecanismos de cobro, contratación de un equipo jurídico externo y todas las vías posibles”, indicó la alcaldesa.
La decisión fue respaldada por la mayoría de los concejales, quienes coincidieron en que “el tema requiere un análisis profundo, serio y responsable”, considerando que cualquier resolución tendrá impacto directo en las finanzas municipales y en la responsabilidad administrativa.