SALUD LABORAL

Sanciones por incumplir licencias médicas: ¿qué se puede y no hacer?

Nuevas directrices de Suseso clarifican las reglas de las licencias médicas en Chile, detallando qué puedes y no puedes hacer durante el reposo.
martes 04 de agosto de 2026

Las licencias médicas en Chile incorporan un nuevo documento informativo que detalla las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores durante el reposo. Esta medida, instruida por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), busca esclarecer el uso adecuado de estos permisos.

Desde hace pocos días, los sistemas de operadores de licencias médicas electrónicas, Imed y Medipass, adjuntan automáticamente este documento cada vez que un profesional de la salud (médico, cirujano-dentista o matrona) emite una licencia. El texto, redactado en un lenguaje claro y simple, informa a los trabajadores sobre lo permitido y lo prohibido durante el período de reposo.

“Cada vez que profesionales médicos, cirujano-dentistas y matronas emitan una licencia médica electrónica, este documento se adjunta automáticamente a la copia que reciben las personas trabajadoras, detallando las obligaciones que deben respetar durante el período de licencia”, indicó la Suseso.

La Suseso enfatizó que el incumplimiento de estas normas puede acarrear serias consecuencias, como el rechazo de la licencia médica, la pérdida del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) y la aplicación de sanciones administrativas o judiciales. Casos previos, como la destitución de un funcionario en la región por viajar con licencia médica, refuerzan la importancia de estas regulaciones. La Contraloría también ha detectado a más de 10 mil funcionarios públicos que viajaron al extranjero con licencia, lo que demuestra la persistencia del problema.

El documento de la Suseso detalla los siguientes puntos clave:

  • Se permite ausentarse del trabajo y recibir el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL).
  • Está permitido salir del domicilio solo para controles o tratamientos médicos relacionados con la condición de salud que originó la licencia.
  • Para licencias psiquiátricas (tipo A1), se autoriza salir del domicilio y realizar desplazamientos dentro del territorio nacional.
  • La Compin o la Isapre tienen la facultad de verificar el cumplimiento del reposo mediante visitas domiciliarias o el uso de registros administrativos.

Por otro lado, se prohíbe explícitamente:

  • Trabajar remuneradamente o no, de forma dependiente o independiente, incluyendo voluntariados.
  • Falsificar o alterar licencias médicas o antecedentes de salud.
  • Salir del domicilio por razones no médicas o que no sean de primera necesidad, excepto en el caso de licencias psiquiátricas.
  • Salir del país. Las únicas excepciones a esta prohibición son las licencias prenatales y postnatales, que sí permiten viajes dentro y fuera del territorio nacional. Las licencias por enfermedad grave de un niño menor de un año y por patologías del embarazo NO autorizan la salida del país.

Estas nuevas medidas buscan prevenir la emisión fraudulenta y el uso indebido de licencias médicas. El Gobierno evalúa recuperar recursos perdidos por estas irregularidades, considerando opciones como la retención de sueldos o devoluciones de impuestos, lo que endurecería las sanciones y reforzaría la fiscalización.

Paralelamente, la Comisión de Trabajo de la Cámara Baja avanza en un proyecto de ley que busca modificar el Código del Trabajo para tipificar el uso indebido de licencias médicas como “falta de probidad del trabajador”. La iniciativa establece que la presentación de licencias que no correspondan a la dolencia invocada o que sean falsas, así como el incumplimiento del lugar de reposo, constituirán falta de probidad. Además, facultaría al empleador a solicitar antecedentes para verificar la licencia, resguardando siempre la privacidad de la información.