Corte anula sentencias por Caso Carabineros y ordena realizar nuevo juicio oral

La primera sala decidió anular el juicio oral y dejar sin efecto las sentencias que fueron dictadas en septiembre a los seis involucrados en los hechos.
miércoles 22 de noviembre de 2017

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió los recursos de nulidad presentados por el Ministerio Público y los abogados querellantes frente a la condena y sentencias dictadas por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal a los seis involucrados en el comentado “Caso Carabineros”.

En septiembre, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena absolvió del delito de robo con homicidio a los imputados, por lo que las penas se remitieron a los delitos de robo en bien nacional de uso público y robo con fuerza en las cosas en sitio no destinado a la habitación.

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Semanas después, tanto el Ministerio Público, como la intendencia de Coquimbo y la IV Zona de Carabineros de Chile, recurrieron hasta la Corte de Apelaciones de La Serena, para presentar recursos de nulidad y de esta forma descartar el juicio oral y dejar sin efecto la sentencia dictada por el Tribunal.

Tras acoger los requerimientos de la Fiscalía al mediodía de este miércoles, Dixon Saavedra, Bastián Díaz y los menores de edad identificados como Y.R. O.B., E.B. y B.A., deberán enfrentar un nuevo juicio oral, que se realizará con jueces distintos, pero con los mismos medios de prueba presentados en la preparación del juicio anterior.

Luego de la audiencia de lectura del fallo, el fiscal Claudio Correa, persecutor a cargo del caso, se mostró satisfecho con la decisión de la Corte, indicando que “esperamos que se considere la prueba, porque alguna no fue atendida por el tribunal y esperamos que en esta ocasión aquello tenga sus efectos”.

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El profesional aseguró además que para el nuevo proceso esperan “reafirmar la convicción de que alguien debe responder por la muerte de los funcionarios de carabineros”, para lo cual indicó que existen pruebas suficientes “y esperamos demostrarlo en este segundo juicio”.

Desde la otra vereda, Alejandro García, abogado defensor de Bastián Díaz, uno de los involucrados en el hecho, indicó estar convencido de que la decisión de la Corte “es una nueva oportunidad que se abre para lo que venimos diciendo desde el inicio, que en este caso solo hay delitos de receptación, robo e intento de robo, pero no un delito de robo con homicidio como sostiene la Fiscalía”.

En esta línea, se mostró esperanzado en que los resultados de este nuevo proceso serán similares a los del anterior, considerando que “la prueba será la misma y los defectos de ella serán los mismos”.

Reacciones frente al fallo

Tras conocerse el resultado del fallo, el intendente de la región de Coquimbo, Claudio Ibáñez, valoró la decisión de la Corte de Apelaciones “para hacer justicia con las familias de los carabineros que murieron por la desenfrenada carrera criminal de esta banda temeraria, que permanentemente puso en riesgo a la comunidad”.

En su declaración, la autoridad regional indicó también que “en nuestro rol como Gobierno, insistiremos en la presentación de las pruebas necesarias que permitan al tribunal aplicar una condena ejemplar” con lo cual espera que se pueda proteger a los funcionarios “porque así se resguarda la sociedad, se respeta la vida y la ley”, finalizó.

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Por su parte, el General Rolando Casanueva, jefe de la IV Zona de Carabineros indicó que la institución respetó desde un principio el fallo emitido por el Tribunal de Juicio Oral, “no obstante, no lo compartíamos”, por lo que declaró estar conforme con la decisión de la Corte.

Por esta razón, el oficial señaló que la anulación del juicio le da tranquilidad a la institución, reacción que, según comentó, se vio reflejada en cada uno de los carabineros de la región que sentían la necesidad de exteriorizar la incertidumbre tras el primer fallo, “que en todo su texto dejaba entrever que prácticamente los dos carabineros habían muerto solos y no había responsabilidad de nadie”, comentó.

En este sentido, Casanueva indicó que con el nuevo proceso esperan que se de tranquilidad a las familias de los mártires y a la comunidad regional en general, para así “llegar a una sentencia que para todos pueda ser más justa”, dijo el general de carabineros.

Además aseguró que la institución respetará lo que pueda resolver el tribunal “como lo hemos hecho hasta ahora”, sin embargo indicó que esperan que a quienes se determine su responsabilidad en la muerte de los funcionarios “tengan la pena que merezcan”.

Tras la decisión de la Corte, los involucrados serán notificados para que se presenten al nuevo juicio oral, en tanto, las sentencias antes conocidas quedarán anuladas a la espera de una nueva decisión de los tribunales. 6302

Un caso conocido

El comentado "Caso Monjas" se tomó la opinión pública en la región de Coquimbo y el resto del país en 2003, tras conocerse uno de los primeros juicios anulados en el contecto de la puesta en marcha de la Reforma Procesal Penal en la región.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema resolvió anular el juicio contra de Carlos Vivanco y Armando Tapia en 2003, que habían sido condenados a 20 y 10 años, respectivamente, por la muerte de la religiosa peruana Lita Castillo, que falleció tras sufrir graves quemaduras, en un ataque a once religiosas de la Congregación Dominicas de la Anunciata en 2001.

En aquella oportunidad, el ministro Alberto Chaigneau detalló que se estableció que no fueron considerados los argumentos respecto del estado mental de los imputados, por lo que ordenó realizar un nuevo juicio, tras lo cual Tapia fue condenado como autor de homicidio simple consumado en la persona de la religiosa Castillo y del homicidio simple en calidad de frustrado respecto de las restantes diez hermanas.

Sobre Carlos Vivanco, el tribunal determinó su autoría en los hechos, sin embargo, lo absolvió al aplicar el artículo 10, número 1 del Código Penal, sobre los imputados locos o dementes, por lo que determinó que debía  permanecer internado al menos 16 años, “mientras su condición de psicosis crónica esquizomorfa lo amerite".

Zona de Debates

"Queremos que alguien responda por la muerte de los carabineros, esa ha sido nuestra convicción y creemos que hay pruebas suficientes para acreditarlo". Claudio Correa, fiscal adjunto

"Es una nueva oportunidad que se abre para lo que ya venimos diciendo desde el inicio, que en este caso no hay delito de robo con homicidio, como sostiene la fiscalía". Alejandro García, abogado defensor

"Valoramos la decisión de la Corte para hacer justicia con las familias de los carabineros que murieron por la desenfrenada carrera criminal de esta banda temeraria". Claudio Ibáñez, intendente de la región de Coquimbo

"Nos da una tranquilidad, que es reflejada por cada uno de los carabineros que sentían la necesidad de exteriorizar la incertidumbre que provocó el primer fallo". Rolando Casanueva, jefe de la IV Zona de Carabineros

Cronología

11 noviembre 2016: Dos motoristas de Carabineros perdieron la vida en la Ruta D-43, que une a Ovalle con La Serena

12 septiembre 2017: Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de La Serena absuelve a los acusados por el delito de robo con homicidio.

21 septiembre 2017: Acusados recibieron sentencias por los delitos de robo en bien nacional de uso público y robo con fuerza en las cosas de sitio no destinado a la habitación.

02 octubre 2017: Ministerio Público, Gobierno y Carabineros presentan recursos para anular el juicio oral, mientras que la defensa intenta bajar las penas de cuatro de los seis acusados.

02 noviembre 2017: Corte de Apelaciones de La Serena recibe los argumentos de la fiscalía, los querellantes y defensores.

22 noviembre 2017: Corte acoge el recurso presentado por el Ministerio Público, anulando el juicio oral.