familiares se emocionaron al conocer el veredicto

Mery Cortez, madre de Romario tras condena a 4 militares: "La justicia llega luchando"

En resolución unánime y tras la deliberación de rigor, se dio por acreditado, tanto la ocurrencia de los delitos atribuidos como la participación culpable de los sentenciados en los hechos, condenando a los uniformados por violencia innecesaria, causando muerte y lesiones graves contra el joven.
jueves 31 de agosto de 2023

En un emotivo abrazo se fundieron la madre de Romario Veloz, Mery Cortéz, y Francesca Escudero, ex pareja y madre de la hija del joven chileno-ecuatoriano, luego de conocer ayer el veredicto condenatorio contra los funcionarios del Ejército involucrados en la muerte de Veloz, el 20 de octubre de 2019 en las cercanías del Mall Plaza de La Serena.

En efecto, ambas mujeres no pudieron contener las lágrimas al saber que por fin se hacía justicia por Romario y por los lesionados, César Véliz y Rolando Robledo, esto, luego que Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictara condena en contra del capitán de Ejército J.S.F.S., en calidad de autor de tres delitos de violencia innecesaria causando muerte y lesiones graves; del soldado conscripto C.J.R.O. por el delito de violencia innecesaria causando muerte y del cabo J.A.A.M., además del soldado conscripto M.A.R.B por el delito de violencia innecesaria causando lesiones graves. 

En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Ana Marcela Alfaro Cortés (presidenta), María Inés Devoto Torres y Carlos Manque Tapia (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos atribuidos, como la participación culpable de los sentenciados en los hechos.

En ese sentido, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de los cuatro acusados en la causa, entendiendo que se configuraba respecto a los hechos que se tuvieron por acreditados, un delito de violencia innecesaria con resultado de muerte y dos delitos de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves. 

Sin embargo, el tribunal estimó “rechazar, asimismo, la solicitud de calificación de los hechos como apremios ilegítimos del artículo 150d del Código Penal en atención a que estimó, entre otras consideraciones, que por principios de especialidad, por adecuarse de una manera más completa a los requisitos del tipo, era procedente calificar los hechos como constitutivos de violencia innecesaria”, se señala el veredicto.

Durante la jornada, el abogado Marco Romero, representante del cabo J. A.A.M. señaló que su defendido habría cometido el hecho por órdenes de un superior jerárquico, por lo que serían atenuantes que deberían bajar en uno o dos grados al mínimo la pena asignada al delito.

Mientras, Cecilia Álvarez, defensora del ex conscripto C.J.R.O., afirmó que si bien plantearon una teoría absolutoria respecto a su cliente, al considerar que las pruebas rendidas no fueron suficientes para acreditar su participación en los hechos, la profesional destacó que se le condenara por violencia innecesaria y no por apremios ilegítimos a su defendido. “Este delito contempla una pena mucho menor que la de apremios ilegítimos, que fue la que el Ministerio Público y querellantes acusaron a mi defendido. Lo que viene ahora es esperar la lectura de sentencia y luego de ésta, vamos a analizar la posibilidad de presentar algún recurso de nulidad, pues tenemos que analizar los argumentos y fundamentos que entrega el tribunal para configurar el delito de violencia innecesaria y los motivos por los cuales desechó la teoría absolutoria planteada por esta defensa, por lo que tenemos 10 días desde que se comunica la sentencia”, señaló la abogada.

Por su parte, el fiscal regional, Adrián Vega, post audiencia del veredicto, manifestó estar tranquilo por el trabajo profesional de fiscales, abogados, asesores, peritos, y funcionarios de PDI que trabajaron desde el día uno en el caso.

“Fuimos como ‘hormiguitas’ recuperando información. También contamos con la ayuda de la sociedad civil, testigos que vinieron y presentaron desde otras partes del país prueba audiovisual. Los hechos no se pueden volver a repetir, en que algún agente del Estado en utilización fuera de la norma de sus armas, (tengan como resultado) personas fallecidas o heridas en alguna situación de manifestación”, dijo.

En ese sentido, Vega destacó que tribunal determinó que se aportó una pormenorizada prueba pericial, y eso significa “no sólo cantidad, sino calidad (de la prueba)”, aseguró. 

En medio de festejos a la salida del tribunal, junto a los integrantes de la organización 20 de Octubre, Mery Cortez sostuvo que, por fin, va a tener “algo de descanso” al haber obtenido  justicia para su hijo Romario.

“A todos los familiares víctimas del  terrorismo de Estado, pedirle que no decaigan y no bajen los brazos, que sigan luchando y perseverando y soporten estoicamente todo lo malo, porque la justicia llega luchando, no llega por amor al arte. Llega cuando se la busca”, señaló la emocionada madre.

Por su parte, Carlos Tello, abogado de las víctimas, sostuvo que este caso es significativo porque podría haberle pasado a cualquiera que participaba ese día en la marcha.

“Vamos a ver qué penas se les aplican. Confiamos que sean penas efectivas por la gravedad de los hechos y una vez que eso suceda, pensaremos si seguimos adelante con esto y si pedimos o no la nulidad del juicio”, afirmó el profesional.

En ese sentido, Tello lamentó que se condenara por violencia innecesaria y no por apremios ilegítimos a los militares.

“Esto cambia lo penalógico y nos parece bastante grave y complejo que se aplique el Código de Justicia Militar en estos casos cuando son delitos contra civiles. Eso está proscrito por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y no debiese aplicarse. Eso no nos deja satisfechos”, afirmó el jurista.

Por su parte, la abogada querellante, Adriana Rojas, sostuvo que existen sentimientos encontrados tras poder lograr esta condena.
“Es importante condenar a los responsables de estos actos, así lo hizo el tribunal. Sin embargo, distamos del delito por el cual se condenó a los sentenciados, pues nosotros creemos que sí son delitos de apremios ilegítimos“, señaló.

La profesional aseveró además, que los uniformados jamás reconocieron que dispararon y que sólo eran balas de fogueo “y así se fueron en un montón de historias que fueron desvirtuadas por las pruebas posteriores”, agregó.

De esta forma, la sentencia de este caso será conocida el próximo 12 de septiembre.