SON CUATRO LOS IMPUTADOS Y CINCO YA ESTÁN CONDENADOS
Juicio oral por crimen en Paihuano está en etapa de rendir pruebas
En la etapa de recepción de pruebas se encuentra el segundo juicio oral que se realiza en el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena, donde se ventilan los hechos que significaron el secuestro y asesinato a golpes de Alejandro Ponce, de 26 años, hecho ocurrido el 28 de noviembre de 2022 en la comuna de Paihuano.
En esa oportunidad, la víctima fue citada por una de las acusadas para que se juntaran a orillas del río para que escuchara algunos problemas que ella tenía, pero todo era parte de un ardid, ya que al momento de la junta apareció un grupo de sujetos que lo subieron a un vehículo secuestrándolo y trasladándolo a la casa del cabecilla e ideólogo del plan, quien permanece condenado a cadena perpetua, en cuyo domicilio le dieron muerte a golpes y posteriormente su cuerpo lo exhumaron en la Ruta Antakari, en Vicuña.
Pero ¿qué significa que un juicio se encuentre en etapa de rendición de pruebas? Según lo explicado por la defensora de uno de los imputados, Bárbará Zúñiga, si bien previamente al juicio hay una audiencia de preparación de juicio oral, donde las partes presentan las pruebas que se llevarán al juicio, donde precisamente se han estado recepcionando dichas pruebas.
De hecho, el juicio lleva tres días de desarrollo, donde ya terminó la etapa probatoria de la Fiscalía para efectos de solicitar la condena de los imputados y se entró ayer a la etapa de la prueba de una acción civil que interpuso la parte querellante, que busca que se acoja esta acción para pedir una indemnización por daño moral en beneficio de la familia de la víctima.
Mientras esas etapas se han ido desarrollando en el juicio, la defensora Bárbara Zúñiga, tras ser consultada por diario El Día sobre los argumentos que tiene de defensa, explicó que “él está acusado por un secuestro con homicidio en grado de desarrollo consumado en calidad de autor. La defensa no presentó pruebas propias, sino que nos hicimos parte de las pruebas de la Fiscalía y nuestra tesis es desvirtuar la calificación jurídica que indica la Fiscalía. Él está acusado por un secuestro con homicidio, pero nuestro punto de vista es que él debiese ser condenado, pero con una calificación jurídica distinta, que es únicamente por el delito de secuestro que está en el Artículo 141, inciso 1° del Código Penal y no así responder por la figura de secuestro con homicidio, puesto que él no tiene ninguna participación y tampoco conocimiento de la intención del coimputado que ya está condenado, que era secuestrar a una persona para matarla, sino que él simplemente toma conocimiento de que habría un secuestro, no toma conocimiento y no tiene intención alguna de cometer el delito de homicidio”, señaló la defensora, añadiendo que su defendido no participó en la golpiza que le significó la muerte a Alejandro Ponce.