normas permiten este tipo de cobros

Descuento de sueldo a consejera Ampuero fue sugerida por Contraloría

Luego de que un informe del ente contralor regional diera a conocer que, entre una serie de situaciones irregulares ocurridas en el gobierno regional en 2024, la consejera del Frente Amplio había recibido pagos que no correspondían en su trabajo, ésta deberá devolver dichos recursos a través de una forma que acordó con su empleador: el hospital de Coquimbo.
EL DÍA
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miércoles 23 de julio de 2025

Entre las irregularidades que reveló un informe elaborado por la Contraloría regional correspondiente a la gestión del gobierno local en el período comprendido entre enero y septiembre de 2024, se destaca que la consejera, Ximena Ampuero habría recibido pagos por más de 10 millones de pesos sin haber realizado la devolución correspondiente de 12 horas semanales autorizadas para funciones gremiales. 

El informe de la Contraloría señala que durante meses la consejera no registró ingreso ni salida en el sistema de control de asistencia, ni se le asignaron funciones efectivas en el hospital de Coquimbo. 

Es por eso que el ente contralor  ordenó al hospital iniciar un proceso disciplinario y exigir el reintegro del dinero pagado indebidamente.

Sobre esta situación, que fue reconocida por la consejera a Diario El Día explicó que se debió a un desorden administrativo.

“Estas 12 horas no son horas no trabajadas dentro del hospital. Es un desorden administrativo. Nunca pudieron observar de que yo entregaba mis documentos y que efectivamente esto debería ser devuelto, pero se solucionó. Yo tengo que pagar, obviamente, ese dinero que es por horas no trabajadas y tengo que pagar también hasta la fecha. Me reuní con el director y con el subdirector (del hospital) y quedamos que desde el mes de julio se me empezará a hacer el descuento correspondiente de forma mensual como tenía que haber sido desde el primer momento”, señaló en la ocasión.

Sin embargo, existía la duda en cuanto a que si esa forma de devolución de los dineros que la consejera acordó con su empleador era la forma correcta de hacerlo.

Pues bien, en la declaración que hizo el hospital San Pablo de Coquimbo respecto a este tema, se señala que estaban cumpliendo con un mandato de la Contraloría, la cual, ordena investigar y procurar que se devuelvan los recursos.

En efecto, René Coronado Orellana, subdirector de Gestión de Personas del centro asistencial señaló que se instruyó un proceso disciplinario para determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieran derivarse de lo indicado por el ente contralor. “Se ha dado inicio al proceso de reintegro de los montos pagados improcedentemente a la referida funcionaria entre los meses de julio del 2022 y enero del 2025 en conformidad con lo indicado por el órgano contralor”, señaló.

EXPERTA ANALIZA LA SITUACIÓN

Al respecto, la abogada y académica de la Universidad Central, María José Lira, señala que en estos casos, bajo su prisma, la única que puede generar formas de pago e incluso condonar total o parcialmente lo adeudado cuando el funcionario ha actuado de buena fe o ha recibido remuneraciones improcedentes, es la Contraloría. 

En esa línea explica que “al servicio le toca pedir la restitución de sus fondos completos y con esa resolución el funcionario debería ir a la Contraloría con antecedentes económicos, y manifestando que no sabía o no supo, que actuó de buena fe, y es el contralor el que puede condonar total o parcialmente (el monto) y en el caso de que no haya condonación, o sea, sólo condonación parcial, (la Contraloría) puede fijar las cuotas y ordenar al servicio descontarlas mensualmente de las remuneraciones”, indica la profesional. 

Eso sí, puntualiza que no debería haber un acuerdo libre entre el empleador y el funcionario, ni tampoco el servicio podría tomar una decisión unilateral al respecto.

Cabe señalar que la Contraloría General de la República, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y con ocasión de un reestudio de los principios y de la jurisprudencia que rigen las remuneraciones a que tienen derecho los funcionarios de la administración del Estado, impartió instrucciones tendientes a precisar el alcance de las normas contenidas en el artículo 67 de la ley N° 10.336.

En efecto, en la citada disposición legal se establece que el contralor podrá ordenar que se descuenten de las remuneraciones de los funcionarios de los organismos y servicios que controla, en las condiciones que determine y adoptando los resguardos necesarios, las sumas que éstos adeuden por concepto de beneficios pecuniarios que hayan percibido indebidamente.