iniciativa fue aprobada este martes
Más personal y mayor tecnología: los alcances de la nueva Ley de Seguridad Municipal
Este martes la Cámara de Diputadas y Diputados despachó la Ley de Seguridad Municipal en una sesión especial, luego de que en la mañana se suspendiese la jornada por falta de quórum.
Tras el bochorno por el fracaso de la primera instancia, los diputados se reunieron para votar la iniciativa antes señalada, que ya estaba en su tercer trámite. Así, la normativa quedó lista para ser promulgada.
El objetivo de la norma recién aprobada, que modifica la Ley de Municipalidades, es fortalecer su institucionalidad en materia de seguridad pública y prevención del delito.
Un elemento central es el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación entre municipios, Ministerio Público, Fuerzas de Orden y gobiernos regionales. Para ello se creará el Comité Operativo de Seguridad, liderado por el alcalde o alcaldesa, e integrado por el director de Seguridad, Carabineros, PDI y representantes del Ministerio Público.
Además, se habilita la contratación de personal de seguridad vía Código del Trabajo y se regula la contratación a través de asociaciones municipales de seguridad, ampliando las alternativas de los gobiernos locales para estructurar sus equipos preventivos.
Junto con ello, establece que los gobiernos regionales podrán apoyar la elaboración e implementación de los planes comunales de seguridad pública, incluso con financiamiento para acciones definidas.
Por otro lado, se incorpora el uso de instrumentos tecnológicos con fines preventivos y “bajo estándares estrictos de tratamiento de información”, explican desde la Cámara. Estos pueden ser sistemas de televigilancia y de alerta ciudadana, aeronaves pilotadas a distancia, luminarias inteligentes y plataformas de análisis de datos.
Uno de los aspectos más relevantes del proyecto es la institucionalización y profesionalización del inspector de seguridad municipal, regulando requisitos, funciones, inhabilidades, prohibiciones y controles que deberán seguir.
“Las y los inspectores de seguridad municipal tendrán como función el ejercicio de actividades de prevención del delito, protección de personas y promoción de la convivencia vecinal“, se lee en el documento.
En el detalle, incluye funciones ligadas a colaborar en labores de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en materia de prevención y resguardo. Sin embargo, tendrán prohibido “el ejercicio de cualquier atribución propia” de éstas.
UNA LEY ESPERADA
Al respecto, la alcaldesa de La Serena, Daniela Norambuena, valoró que, “por fin, se haya aprobado la Ley de Seguridad Municipal, un avance que los alcaldes de Chile venimos impulsando hace años. Pero ahora necesitamos que el gobierno agilice el reglamento, porque sin ese reglamento esta ley no se puede implementar. Nuestros equipos de seguridad no pueden seguir esperando. La ciudadanía exige resultados hoy, y como municipio estamos listos para trabajar, pero requerimos las herramientas que esta misma ley establece. Es momento de acelerar el paso y poner la seguridad de las familias primero”.
Una opinión semejante es la de Jorge Tobar, general (R) de Carabineros y expertos en Criminología, quien afirmó que “aún debemos esperar el reglamento que permita poner en práctica la ley. Con todo, creo que este año 2025 la seguridad pública en Chile se ha visto fortalecida con la creación de legislaciones que exigen de la seguridad privada y municipal obligaciones de colaboración y coordinación permanentes hacia la institucionalidad del control social formal como lo son el Ministerio de Seguridad Pública, la fiscalía y las policías”.
NORMATIVA RELEVANTE
Y es que para Tobar, por ésta y otras razones “esta ley resulta ser muy importante para los habitantes del país: la seguridad municipal, que ha resultado ser relevante durante los últimos años para la protección de los vecinos y vecinas, hoy ha alcanzado un up grade significativo y necesario en el camino hacia su profesionalización”.
Según el experto, al analizar la nueva normativa se pueden identificar cuatro ejes de gran relevancia: “la necesaria y obligatoria formación técnica de los actuales y futuros miembros de la seguridad municipal; los estándares de probidad que deben poseer a través de inhabilidades e incompatibilidades previstas por el legislador; las garantías de protección y defensa física para su integridad corporal que la nueva ley impone a los municipios y las atribuciones legales que respaldarán su accionar”, puntualiza Tobar.
En esa línea, aseguró que “todo ese conjunto de innovaciones debieran tener un impacto sustantivo en la seguridad de la gente. Con todo, siempre debemos entender que este flamante cuerpo normativo no les entrega a los organismos de seguridad municipal el carácter o condición de una policía, sino solo los convierte en un complemento de la seguridad pública. De hecho, no portarán armas de fuego”.
En todo caso, a juicio del exgeneral de Carabineros, “la política criminal en Chile está alcanzando condiciones que debieran elevar su eficacia y eficiencia en el control y prevención delictual”.