ECONOMÍA
Operación Renta 2026: qué sanciones arriesgas si no declaras
La Operación Renta 2026 ya está en marcha. Desde este miércoles 1 de abril, miles de personas naturales y empresas en Chile deberán cumplir con su obligación tributaria anual ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), presentando la Declaración de Renta. Este proceso es crucial para determinar si los contribuyentes deben realizar pagos de impuestos, reliquidar montos o, en muchos casos, acceder a una devolución.
El SII enfatiza que esta instancia busca que los contribuyentes declaren todos los ingresos obtenidos durante el año anterior que generaron utilidades, beneficios o incrementos patrimoniales, sin importar su naturaleza u origen. Es fundamental comprender las condiciones bajo las cuales es obligatorio presentar esta declaración para evitar futuras complicaciones.
Según la institución, existen varios escenarios que obligan a los contribuyentes a presentar su declaración en esta Operación Renta 2026. Si te encuentras en alguno de los siguientes casos, la presentación es mandatoria:
- Si tus ingresos anuales superaron los $11.265.804, a menos que provengan exclusivamente de un único empleador.
- Si durante el año 2025 tuviste más de un empleador o pagador.
- Si trabajaste a honorarios y deseas acceder a la cobertura parcial para tus cotizaciones previsionales.
- Si solicitaste el Préstamo Solidario en 2021, ya que en esta operación se calcula y paga la última cuota.
- Si generaste ingresos por la venta de productos o la prestación de servicios a través de un emprendimiento iniciado en 2025.
- En el caso de las empresas, todas tienen la obligación de presentar su Declaración de Renta, sin excepción.
A pesar de estas obligaciones, el Servicio de Impuestos Internos sugiere que, incluso si no estás obligado, consideres realizar la declaración de renta. Esto es especialmente recomendable para quienes buscan acceder a beneficios o créditos tributarios, como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios o el crédito por gastos en educación, que pueden implicar importantes ahorros.
Pero, ¿qué sucede si no cumples con este deber tributario? Cristóbal Pérez, académico especializado en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes (Uandes), advierte sobre las severas sanciones que contempla la ley. Estas se aplican en situaciones de retardo en la declaración, no presentación estando obligado o la entrega de declaraciones maliciosamente falsas o incompletas.
Antiguamente la normativa establecía un interés penal de un 2% mensual y multas de hasta un 30% del impuesto adeudado por el tiempo atrasado. No obstante, eso cambió con la última reforma tributaria y el interés penal hoy en día lo determina el Servicio de Impuestos Internos a través de una resolución informativa a los contribuyentes en la que se establece el interés de mercado que publica la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que se incrementa en un 3,5%. Esto es un interés penal diario.
El especialista detalla que las consecuencias económicas se han endurecido. En el caso de que la declaración sea intencionalmente falsa o incompleta, las penalidades son aún mayores. El académico de la Uandes subraya que:
La ley establece que se puede cobrar, incluso, una multa de un 100% a un 300% del valor del tributo defraudado.
Adicionalmente, Pérez enfatiza que estas infracciones pueden derivar en acciones legales más graves. "Junto a ello, puede haber apremio, en el caso de interponerse una querella, cuya pena establecida en el Código Tributario es de presidio menor en su grado máximo", concluye el experto, lo que implica que el incumplimiento puede trascender lo meramente económico y acarrear consecuencias penales.
Con la Operación Renta 2026 en marcha, es fundamental que cada contribuyente revise su situación y cumpla con sus obligaciones para evitar las severas multas y posibles acciones legales que se pueden generar por un error u omisión.