En la Corte Suprema

Nuevo capítulo de Dominga: Andes Iron intenta reactivar fallo clave

A través de un recurso de casación —en la forma y en el fondo— la compañía recurrió al máximo tribunal del país para reactivar el cumplimiento de una sentencia clave en la extensa y tramitada historia del proyecto minero-portuario.
En el recurso, Andes Iron pide determinar si el Comité de Ministros cumplió o no la sentencia del Tribunal Ambiental.
En el recurso, Andes Iron pide determinar si el Comité de Ministros cumplió o no la sentencia del Tribunal Ambiental.
viernes 24 de abril de 2026

La empresa Andes Iron SpA presentó recursos ante la Corte Suprema para revertir la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que anuló el procedimiento destinado a hacer cumplir una sentencia firme vinculada al proyecto minero-portuario Dominga.

La acción judicial fue interpuesta por los abogados Patricio Leyton y Carola Salamanca, en representación de la compañía, e incluye recursos de casación en la forma y en el fondo, además de otras solicitudes. El objetivo es que el máximo tribunal invalide el fallo de segunda instancia y restablezca el proceso que buscaba ejecutar una resolución previa del Primer Tribunal Ambiental.

El caso se remonta a diciembre de 2024, cuando el Primer Tribunal Ambiental acogió una reclamación de Andes Iron y anuló la decisión del Comité de Ministros que había rechazado el proyecto Dominga. En esa sentencia, el tribunal ordenó a la autoridad emitir un nuevo pronunciamiento en un plazo de 15 días, bajo parámetros específicos.

Dicha resolución quedó firme luego de que la Corte Suprema declarara inadmisibles los recursos de casación presentados en su contra.

Sin embargo, ante el incumplimiento del plazo por parte del Comité de Ministros, la empresa solicitó el inicio de un procedimiento de cumplimiento incidental, mecanismo legal destinado a hacer efectiva la sentencia.

La decisión cuestionada

El conflicto se intensificó en febrero de 2026, cuando la Corte de Apelaciones de Antofagasta resolvió anular de oficio todo el procedimiento de cumplimiento, argumentando que dicha vía no era procedente en este caso.

Según Andes Iron, esta decisión no solo evitó pronunciarse sobre el fondo —esto es, si la autoridad cumplió o no el fallo—, sino que además dejó a la empresa sin herramientas jurídicas para exigir su ejecución.

En su presentación, la compañía sostiene que la resolución del tribunal de alzada “priva de eficacia práctica a una sentencia firme”, al eliminar el mecanismo destinado a hacerla cumplir.

Los argumentos de la empresa

El recurso presentado ante la Corte Suprema acusa una serie de vicios en la decisión de la Corte de Apelaciones.

Entre ellos, se plantea que el tribunal incurrió en un error jurídico al confundir la inadmisibilidad de un recurso de casación con la supuesta imposibilidad de ejecutar la sentencia, pese a que esta ya se encontraba firme.

Asimismo, se cuestiona que la nulidad del procedimiento haya sido declarada de oficio, sin que ninguna de las partes lo solicitara y sin que existiera un perjuicio concreto que la justificara. En esa línea, la empresa sostiene que el propio Servicio de Evaluación Ambiental participó del procedimiento sin objetarlo, lo que implicaría su convalidación.

También se acusa que el fallo fue dictado “ultra petita”, es decir, resolviendo materias que no fueron sometidas a la decisión del tribunal, además de vulnerar el debido proceso al no permitir que las partes se pronunciaran sobre el fundamento utilizado para anular el procedimiento.

A juicio de Andes Iron, la resolución afecta principios básicos del sistema judicial, como la cosa juzgada, la seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva.

Lo que se busca

Con esta acción, la empresa solicita a la Corte Suprema que anule la sentencia de la Corte de Apelaciones y dicte un fallo de reemplazo que restablezca el procedimiento de cumplimiento.

En concreto, busca que se retome la tramitación y que el tribunal correspondiente se pronuncie sobre el fondo del asunto: si el Comité de Ministros cumplió o no con lo ordenado en la sentencia de 2024.

La compañía argumenta, además, que tras más de una década de tramitación ambiental y judicial del proyecto Dominga, resulta necesario que el máximo tribunal intervenga para otorgar certeza jurídica al proceso.