POLICIAL

"Había una obligación": Imputan homicidio por omisión a padre de niña

La muerte de una niña de 2 años al caer de un piso 11 en Las Condes derivó en una querella criminal. El padre es acusado de ignorar advertencias sobre...
martes 19 de mayo de 2026

Un dramático vuelco judicial marcó la investigación por el fallecimiento de una niña de 2 años, quien perdió la vida la noche del domingo tras caer desde el piso 11 de un edificio en la comuna de Las Condes. El incidente ocurrió mientras la menor se encontraba bajo la custodia de su progenitor en el marco de sus visitas reglamentarias dominicales.

De acuerdo con el relato de la subcomisaria de la Brigada de Homicidios de la PDI, Marcela Donaire, la tragedia se produjo en un lapso de tiempo en que la pequeña dormía. Por causas que se mantienen bajo investigación, la infante se habría precipitado desde la ventana de su dormitorio, la cual, según precisó el fiscal Fernando Zeballos, no contaba con mallas de protección instaladas.

Tras el suceso, el padre fue detenido y formalizado ante la justicia. En este contexto, el abogado Jorge Jorquera, en representación de la madre de la menor, Gloria Ortiz, anunció la presentación de una querella criminal por el delito de homicidio simple de comisión por omisión, apuntando directamente a la responsabilidad del adulto a cargo.

"Nosotros estimamos que hubo homicidio simple y no cuasidelito porque se le advirtió con anticipación respecto de la instalación de mallas de seguridad y todas las medidas necesarias para efecto de esto e hizo caso omiso", afirmó el jurista Jorquera en conversación con la prensa.

La configuración legal de este cargo fue detallada por el Dr. Christian Scheechler, académico de la UCSC, quien explica que el homicidio por omisión ocurre cuando una persona falla en su deber específico de actuar para evitar un resultado fatal. Este deber emana de la denominada "posición de garante", un vínculo legal y ético que obliga, en este caso, a los padres a proteger la integridad de sus hijos frente a riesgos previsibles.

Bajo esta premisa, expertos como Rodrigo Guerra de la Uandes coinciden en que la falta de medidas de seguridad elementales, habiendo sido advertidas, transforma el accidente en una omisión punible. La justicia deberá determinar ahora si la conducta del padre constituye efectivamente este delito, el cual se diferencia del cuasidelito por el conocimiento previo del peligro no mitigado.