este martes

Defensa de condenados en caso Corporación Municipal de La Serena presenta recurso de nulidad

La defensa busca dejar sin efecto el fallo mediante el recurso de nulidad, por hechos ocurridos entre 2019 y 2022 al interior de la Corporación Municipal Gabriel González Videla de La Serena.
Archivo Diario El Día
Archivo Diario El Día
martes 15 de septiembre de 2026

Durante la jornada de este martes se desarrolló la audiencia en la que se revisó el recurso de nulidad presentado por la defensa de los condenados en el caso de la Corporación Municipal de La Serena, cuyo juicio oral se llevó a cabo recientemente y terminó con un fallo condenatorio obtenido por la Fiscalía el pasado 11 de julio.

Cabe recordar que el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena dictó condenas que suman 8 años de presidio para dos mujeres, identificadas con las iniciales N.C.M. y B.G., ambas exfuncionarias públicas, por los delitos de lavado de activos y fraude al fisco.

En tanto, C.M.F., pareja de una de las condenadas, recibió una pena total de 7 años de presidio por los delitos de fraude de prestaciones estatales y lavado de activos.

En el marco de la investigación también fueron condenadas una decena de personas por hechos ocurridos entre 2019 y 2022 al interior de la Corporación Municipal Gabriel González Videla de La Serena.

En ese sentido, María Eugenia Bustos, abogada Asesora Jurídica de la Fiscalía Regional detalló que durante la audiencia pidió rechazar el recurso de nulidad presentadas por la defensas. 

"Principalmente porque no se configura ninguno de los vicios de nulidad que se invocan en los recursos. Se cuestionó básicamente la configuración del delito de lavado de activos, se cuestionó que en definitiva no estábamos en presencia de este delito, sino que más bien de actos posteriores que decían en relación con gastarse el botín del delito principal, que era el fraude"

Además agregó, "sin embargo, a nuestro juicio, el fallo no adolece este vicio, se encuentra adecuadamente establecido la modalidad de lavado de activos tanto de ocultamiento como de disimulación de bienes y dineros que provienen de un delito de fraude al fisco, y que no se trata simplemente de haber gastado. Acá se hace un rastreo posterior de qué se hace con ese dinero: Inversiones de compras de automóviles, compras de inmuebles, inversiones que se coloca dinero defraudado de origen espurio al sistema financiero formal y con ello se configura el delito de lavado". 

Según informó la Fiscalía Regional de Coquimbo, la decisión de la Corte quedó prevista para el día 5 de octubre del presente año.