CAUSA PENAL

Caso contra exalcalde de Combarbalá: tribunal posterga definición de plazo para formalizar

La resolución mantiene las diligencias pendientes bajo la tramitación del Ministerio Público. El querellante, el concejal, Juan Castillo, aclaró que la decisión corresponde a una medida de carácter procesal y no constituye un pronunciamiento sobre el fondo de las imputaciones.
El concejal Juan Castillo señaló que la causa en contra del exalcalde de Combarbalá, Pedro Castillo, continúa su curso normal. (Foto: Cedida)
El concejal Juan Castillo señaló que la causa en contra del exalcalde de Combarbalá, Pedro Castillo, continúa su curso normal. (Foto: Cedida)
lunes 26 de octubre de 2026

El Juzgado de Garantía de Combarbalá resolvió que, por ahora, no fijará un plazo de apercibimiento al Ministerio Público para que formalice la investigación que se sigue contra el exalcalde de la comuna, Pedro Castillo, decisión que se adoptó en el marco de una audiencia solicitada por la parte querellante, cuyo objetivo exclusivo fue revisar el estado procesal de la causa y el avance de los antecedentes investigativos.

El concejal, Juan Castillo Castillo, explicó que, en la instancia, el abogado querellante, José Luis Medina, expuso detalladamente ante el tribunal las actuaciones procesales y los antecedentes recopilados hasta la fecha en el proceso penal.

Durante el desarrollo de la jornada, la defensa del exedil sostuvo ante la sala que la parte querellante carecía de facultades legales para solicitar la realización de dicha audiencia. Ante dicha controversia, el juez, Edgardo Solís Pinto, desestimó la postura de la defensa, ratificando que la parte querellante se encontraba plenamente legitimada y habilitada para requerir el control procesal de la causa.

Respecto de lo resuelto por el tribunal, se determinó que, por ahora, no se fijará un plazo de apercibimiento al Ministerio Público para la formalización de la investigación, disponiendo que las peticiones y diligencias pendientes continúen su tramitación ante el órgano persecutor.

En ese sentido, el concejal Juan Castillo, afirmó que lo resuelto por el tribunal obedece estrictamente "a una decisión de mero trámite y control procesal. Bajo ningún punto de vista significa que el Juzgado de Garantía esté pronunciándose sobre el fondo de las imputaciones, analizando la veracidad de los hechos ni mucho menos dando la razón al imputado o desvirtuando los antecedentes presentados", afirmó.

Castillo sostuvo que en el ordenamiento procesal penal, la formalización es un acto administrativo y procesal estrictamente facultativo del Ministerio Público, por lo que la no fijación de un plazo de apercibimiento "en nada altera la validez, contundencia ni la continuidad de las evidencias recolectadas en la investigación, las cuales se mantienen plenamente vigentes para el ejercicio de las acciones penales correspondientes", agregó.

El querellante insistió en que la causa continúa su curso normal y que los antecedentes recopilados por el ente persecutor siguen disponibles para sustentar las acciones que correspondan.