Fue aprobada por la Cámara de Diputados

Luz verde a nueva ley de patentes mineras: bajan costos y aplazan remates

La iniciativa elimina el cobro progresivo de los permisos y amplía los beneficios para la pequeña y mediana minería. Además, establece un nuevo régimen especial para productores de hasta 500 hectáreas que cumplan determinadas condiciones.
Nueva normativa cambia las reglas para mantener concesiones mineras, entre otras materias.
Nueva normativa cambia las reglas para mantener concesiones mineras, entre otras materias.
miércoles 28 de octubre de 2026

La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley este miércoles el proyecto que modifica el régimen de patentes mineras, una iniciativa impulsada por el Gobierno del Presidente José Antonio Kast que busca reducir los costos para el sector, especialmente para los pequeños y medianos productores.

Uno de los principales cambios es la eliminación del sistema de cobro progresivo, que contemplaba un aumento gradual del valor de las patentes hasta alcanzar las 12 UTM por hectárea. En su reemplazo, la normativa establece una tarifa fija de 0,4 UTM por hectárea, con el objetivo de disminuir la carga económica asociada al mantenimiento de las concesiones.

La propuesta también amplía las condiciones para acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea, flexibilizando los requisitos y extendiendo el beneficio a arrendatarios y otras personas que exploten legítimamente una mina, además de los titulares de las concesiones.

Otro de los puntos centrales es la postergación del pago de las patentes correspondientes a 2026 hasta el 28 de febrero de 2027. La medida también aplaza los remates de concesiones mineras asociados al incumplimiento de estas obligaciones, entregando un mayor margen a los productores para regularizar su situación.

Al respecto, el biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, valoró el respaldo transversal que obtuvo la iniciativa durante su tramitación legislativa y sostuvo que la modificación responde a la necesidad de fortalecer la participación de los pequeños y medianos productores en la actividad minera nacional.

La autoridad afirmó que el país requiere condiciones regulatorias que favorezcan la inversión, la exploración y la producción, particularmente entre quienes desarrollan sus actividades a menor escala.


Más facilidades para la pequeña minería

La nueva legislación incorpora un régimen especial para titulares de concesiones de hasta 500 hectáreas que desarrollen trabajos mineros y se encuentren empadronados en la Empresa Nacional de Minería (Enami) u otro poder de compra reconocido. Estos productores podrán acceder a una patente rebajada durante cinco años.

Asimismo, amplía la superficie que puede acogerse a beneficios especiales. En el caso de la minería artesanal, el límite aumenta de 50 a 100 hectáreas, mientras que para los pequeños productores sube de 100 a 150 hectáreas. En ambos casos, el período del beneficio se extiende de dos a cinco años.

La normativa también elimina la exigencia de acreditar servidumbres para acceder a determinados beneficios y simplifica los antecedentes que deben presentar los productores. A esto se suma la posibilidad de mantener la rebaja mientras un proyecto cuente con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o se encuentre en evaluación ambiental.

Los cambios buscan responder a las dificultades generadas por las modificaciones introducidas en 2022 mediante la Ley N° 21.420, que elevaron los costos de mantención de las concesiones y aumentaron el riesgo de que pequeños productores perdieran sus pertenencias por no pago de patentes.


Ajustes al sistema de remates

El proyecto también introduce modificaciones al procedimiento de remate de concesiones mineras, con el propósito de reducir la incertidumbre y facilitar la regularización de las obligaciones pendientes.

Entre los ajustes se consideran mecanismos para corregir errores en las nóminas de concesiones sujetas a remate, una regulación de las costas del procedimiento y cambios para agilizar la declaración de terreno franco, además de precisar los efectos de la cancelación de inscripciones y la extinción de obligaciones.

La iniciativa quedó despachada a ley y deberá completar los trámites correspondientes para su promulgación y publicación en el Diario Oficial, instancia tras la cual entrará en vigencia conforme a sus disposiciones.