Corte acoge nulidad de juicio en contra de condenada por parricidio

El tribunal de alzada de La Serena, a petición de la Defensoría, dejó sin efecto la sentencia de 10 años de presidio efectivo que se habían decretado para Marcela Miranda (42) quien el pasado mes de septiembre dio muerte a su exconviviente de una puñalada.

En calidad de anulado quedó el juicio en contra de Marcela Miranda Navarro (42), quien el pasado 7 de marzo fue condenada a 10 años por el delito de parricidio.

Y es que el día jueves la defensa de la mujer presentó el recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones de La Serena el cual fue acogido por el Tribunal de Alzada.

Con esto, se deberá realizar un nuevo juicio oral cuya fecha aún está por determinarse y, consecuentemente, la sentencia queda sin efecto.

LOS HECHOS. El caso de Miranda se remonta al 10 de septiembre del 2016, cuando la localidad de Pan De Azúcar se tiñó de sangre. En el lugar, la mujer dio muerte a quien había sido su pareja durante años, Christian Arancibia Adones (33), pero de quien se había separado hace algún tiempo.

Ese día llegó hasta la casa de la víctima presa de la rabia ya que el hombre, aparentemente, no habría pagado la pensión alimenticia de sus dos hijos los cuales mantenía con su victimaria. Hubo una fuerte discusión la que fue subiendo de tono hasta llegar a los golpes. En ese intertanto, Miranda sacó de entre sus ropas un cuchillo el cual, según la tesis de la defensa, portaba por motivos de trabajo, y le propinó una fatal estocada al sujeto en la región torácica.

Tras cometer esta acción, se fue del lugar rápidamente dejando al individuo en el suelo, gravemente herido.

Momentos después fue encontrado por familiares en el piso de su habitación y pese a que intentaron socorrerlo nada pudieron hacer para salvarle la vida. Christian Arancibia falleció producto de las heridas.

Al conocer de la muerte del individuo la mujer se entregó voluntariamente a la policía y confesó lo que había sucedido quedando detenida en prisión preventiva hasta recibir la condena que fue dictaminada el pasado 7 de marzo, pero que fue anulada.

LAS CAUSAS DE LA ANULACIÓN. Según explica el abogado de la Defensoría Penal Pública Carlos Cerda, representante de la imputada, los argumentos utilizados para anular el juicio tienen que ver con que en el tribunal no se habría considerado la legítima defensa de Miranda al momento de cometer el crimen. “Lo que pasa es que según lo que se pudo establecer es que en este caso hubo una legítima defensa, o lo que nosotros jurídicamente llamamos la legítima defensa incompleta que consiste en que la persona que agrede a la víctima fue previamente agredida por lo que se defiende de esa agresión. Ahora bien, se le denomina incompleta porque evidentemente que el medio que utiliza mi representada para defenderse es superior al que ella recibía como agresión directa, porque ella estaba siendo golpeada con golpes de puño y patadas y se defendió con un cuchillo que llevaba porque era una trabajadora temporera agrícola, entonces le propinó una puñalada con la mala suerte que fue en la razón torácica y le dio muerte a esta persona”, consignó Cerda.

Y el defensor agregó que el gran error del tribunal estuvo precisamente en que no tomó en cuenta este factor ni en favor ni en contra de su representada en la sentencia. “Nosotros hicimos este alegato pero fue omitido en la sentencia. No se pronunciaron ni en forma negativa ni tampoco positiva, porque ellos tienen la obligación de manifestarse con respecto a ello, y si no existió, decir por qué es rechazada. Entonces precisamente la nulidad se basa en esa causal, en que toda sentencia debe pronunciarse siempre sobre todos los hechos que se dieron por probados, ya sean favorables o desfavorables para los imputados. Ya sea se acoja o no se acoja, se deben entregar los argumentos al respecto”, manifestó Cerda. 4602i

RECUADRO: LO QUE SE VIENE

Según explica el abogado Cerda, lo que se viene ahora es la realización de un juicio nuevo, con jueces diferentes a los que deliberaron en la sentencia anterior. “Eso sí, con las mismas pruebas que ya existen. Ahora, la condena debería ser menor, dado que la imputada tiene una irreprochable conducta anterior, y ha prestado colaboración en la investigación desde el primer día”, manifestó.