POLÍTICA
Embargos del CAE: la ley de Boric que facilitó las retenciones
La reciente ofensiva de la Tesorería General de la República (TGR) para retener fondos de los deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE) ha desatado un intenso debate en el ámbito legal chileno. Mientras los expertos discuten si el organismo tiene la atribución de aplicar las herramientas del Código Tributario para este fin, un aspecto clave ha emergido en la discusión: el impacto de la Ley de Cumplimiento Tributario (N° 21.713), una legislación promulgada por la administración del Presidente Gabriel Boric en octubre de 2024 que facilitó la rapidez de estas retenciones.
Esta normativa fue diseñada originalmente con el objetivo de dotar de mejores herramientas al Estado para perseguir la evasión fiscal y fomentar el pago de tributos. Sin embargo, su aplicación terminó modificando sustancialmente las reglas del juego para cobros de otra índole, como los educativos. Específicamente, la ley reformó el artículo 170 del Código Tributario,兵 ampliando de manera drástica el abanico de bienes susceptibles de ser embargados.
Antes de este cambio legal, el mencionado artículo se limitaba a normar el embargo sobre las remuneraciones de las personas deudoras. Con la modificación aprobada, el texto establece expresamente que:
"la ejecución podrá recaer sobre los dineros, créditos y cualquier otra prestación en dinero que tenga derecho a percibir el ejecutado".
Además, faculta a los tesoreros regionales o provinciales para dictar resoluciones administrativas que ordenen de manera directa la retención de estos recursos financieros, notificando por vías electrónicas a las entidades correspondientes.
A nivel local, este endurecimiento de las cobranzas estatales ya ha sumado capítulos judiciales. En la zona, la Corte de Apelaciones de La Serena declaró inadmisible el primer recurso de protección interpuesto por una deudora de Ovalle que buscaba frenar el embargo de sus fondos bancarios, lo que evidencia cómo la presión para recuperar estos dineros se ha intensificado en todo el territorio nacional, en paralelo al despliegue de un plan para recuperar recursos que incluye convenios de pago y acciones judiciales masivas.
Cuando el Presidente Gabriel Boric promulgó la norma a fines de 2024, destacó que se trataba de "un acto de justicia con Chile y con quienes cumplen con la obligación de pagar sus impuestos con mucho esfuerzo y con mucha responsabilidad". En su alocución de la época, el mandatario insistió en que el cuerpo legal proveería de "mejores herramientas para combatir la evasión y la elusión de las grandes riquezas", asegurando que no aumentaría la carga impositiva de los ciudadanos y que emparejaría la cancha para las micro, pequeñas y medianas empresas formalizadas.
Pese a que la ley jamás hace alusión directa al Crédito con Aval del Estado, especialistas advierten que terminó pavimentando el camino para el escenario actual. El abogado tributarista Vicente Sáez Pinochet, socio del estudio Sáez Abogados, detalló a BioBioChile que la reforma al artículo 170 confirió atribuciones clave al Tesorero como juez sustanciador, permitiéndole ordenar retenciones bancarias de forma digital, sin la necesidad de que funcionarios se trasladen físicamente a las sucursales de la banca.
De acuerdo con el especialista, esta modificación legal:
"más que un factor clave para el proceso de embargos que ha llevado la TGR contra los deudores del CAE, ha sido un factor determinante en la celeridad e inmediatez en los embargos y retenciones".
Bajo el esquema antiguo, la TGR debía tramitar los embargos presencialmente en cada institución. Hoy, mediante notificaciones electrónicas obligatorias, los bancos se ven forzados a congelar los saldos de forma inmediata bajo apercibimiento de responder de manera solidaria por dichos montos.
Vicente Sáez Pinochet concluyó que, si bien la Tesorería General de la República hubiese podido intentar estas acciones de cobro sin la reforma, jamás habría conseguido la masividad ni el carácter instantáneo que hoy ostenta el proceso. No obstante, el jurista planteó sus reparos ante el proceder del organismo, apuntando a la existencia de un eventual abuso por parte de la TGR al amparo de estas nuevas atribuciones electrónicas.