COLUMNA DE OPINIÓN

Proyecto de Sala Cuna: ¿el Estado reemplazará el derecho de los padres?

Jorge Reyes Zapata · Abogado, Magíster en Derecho Constitucional. La indicación aprobada en el Senado sobre Sala Cuna genera debate por el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.
jueves 10 de septiembre de 2026

Jorge Reyes Zapata · Abogado, Magíster en Derecho Constitucional

La indicación aprobada en la sala del Senado, dentro del proyecto de Sala Cuna, genera un debate sobre el riesgo de que el Estado desplace el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos. Diversos actores, entre ellos opinólogos, medios de comunicación y el Defensor de la Niñez, han intentado desmentir las afirmaciones de la senadora Vanessa Kaiser al respecto.

Los críticos de la senadora argumentan que la norma la contradice al exigir que el niño sea “hijo de persona trabajadora”, lo que sería solo un requisito de procedencia y no la titularidad del derecho. Sin embargo, Kaiser sostiene que el proyecto permitiría al Estado desplazar a los padres como titulares del derecho a educar a sus hijos, un cambio significativo que muchos minimizan.

El giro radica en que se pasa de un derecho del trabajador, hombre o mujer, que nace de su contrato de trabajo para conciliar familia y trabajo, a un derecho del niño menor de dos años a acceder a sala cuna. Este cambio, aunque parezca sutil, es radical y ha llevado a la senadora y al Ejecutivo a realizar una reserva de constitucionalidad.

Las razones de esta reserva son varias. Primero, un niño no es sujeto del Código del Trabajo. Un lactante de 6 meses no trabaja ni cotiza, por lo que transformarlo en titular de un derecho del artículo 203 del código es una ficción jurídica, sacándolo de su estatuto natural que es la familia y el Código Civil.

Segundo, se invierte la Constitución. El artículo 1° establece que la familia es el núcleo fundamental, y el artículo 19, N°10, inciso final, indica que los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Si el titular del derecho pasa a ser el niño, el obligado es el Estado y no el empleador, convirtiendo a los padres en meros intermediarios en las decisiones de cuidado.

Finalmente, esta situación abre la puerta a futuras ampliaciones, como ya lo propone el Boletín 18.472-04, que plantea el derecho universal a sala cuna. Esto podría llevar a institucionalizar al niño ocho horas, incluso si los padres prefieren cuidarlo en casa o con otros familiares, lo que representa una injerencia estatal en la relación familiar más íntima.

El ministro del Trabajo, Tomás Rau, también hizo reserva de constitucionalidad, consciente de que esto compromete la administración financiera del Estado y las facultades exclusivas del Presidente. La discusión no es contra la sala cuna, que todos desean voluntaria y bien financiada, sino una advertencia de la senadora Kaiser sobre no confundir la ayuda estatal con el reemplazo de los padres en su rol fundamental.